Saludos al grupo!
Tenemos que refrigerar un cuarto con un SAI bastante potente (160kVA) y un transformador de aislamiento (que generan bastante calor). Como tienen que funcionar de manera continua hemos pensado que la mejor manera es refrigerar el Cuarto con equipos partidos splits sólo frío. No queremos instalar las unidades exteriores en la cubierta, porque al tener que funcionar 24/365, los vecinos por la noche pondrían el grito en el cielo por el ruido (ya nos ha pasado), y además el recorrido de las líneas frigoríficas sería muy muy complicado.
El cuarto está al lado del aparcamiento (sótano -2), y éste tiene una altura considerable (6 m) y un volumen muy grande, ¿sería legalmente admisible colocar las unidades condensadoras exteriores a por ejemplo 3m de altura dentro del aparcamiento? Ya he visto esta instalación en otros edificios administrativos. Sería en Madrid capital.
Gracias.
PD: me es un poco urgente el tema, porque el calor empieza a apretar y me temo lo peor...