Limitación de demanda energética, instalaciones térmicas, eficiencia energética, instalaciones de iluminación, contribución fototérmica, contribución fotovoltaica
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#226583
Hola a tod0s.

Se me plantea el siguiente problema, un concesionario de vehiculos (exposicion y taller) se traslado hace unos años y no legalizó las instalaciones en industria, y ahora tienen que hacerlo pq les han pillado.

La cuestión es que con respecto al RITE, en el ambito de aplicación dice que se aplicará a las instalaciones de calefacción, frio y ventilación.

Pero si el concesionario solo tiene instalacion de frio y calor , mediante cassetes y no tiene ventilación, solo tendía que legalizar la climatización no?

Es decir, el rite no obliga ni a ventilar ni a climatizar. Si no ventilo no pasa nada, la obligación vendría por CTE en la parte de exposición y por legislación laboral en taller, pero como se supone que la licencia de apertura si se realizó, estarían cubiertos no?

saludos
Última edición por cruz el 17 Jun 2010, 15:55, editado 1 vez en total
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#226591
Lo siento compañero, pero una instalación de climatización con el nuevo RITE, obliga a ventilar, extracción y aporte de aire exterior.
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