- 04 Ago 2010, 13:20
#233379
hola a todos,
Me han encargado un proyecto para la modificación de la instalación de calefacción de un colegio construido en los años 80.
El tema es que no quiero aplicar el RITE'07 porque creo que se necesitará entonces instalar ventilación y todo lo que conlleva (recuperadores de calor, etc).
Según el RITE'2007, será de aplicación cuando se produzca una reforma, y se entenderá por reforma de una instalación térmica todo cambio que se efectúe en ella y que suponga una modificación del proyecto o memoria técnica con el que fue ejecutada y registrada. En tal sentido, se consideran reformas las que estén comprendidas en alguno de los siguientes casos:
a) La incorporación de nuevos subsistemas de climatización o de producción de agua caliente sanitaria o la modificación de los existentes;
b) La sustitución por otro de diferentes características o ampliación del número de equipos generadores de calor o de frío;
c) El cambio del tipo de energía utilizada o la incorporación de energías renovables;
d) El cambio de uso previsto del edificio.
En nuestro caso no estamos en los supuestos c) y d).
Con respecto al supuesto b) estamos en él porque se ha sustituido la caldera existente de 200 kW por otra de 300 kW, por lo que se deberá redactar el proyecto para ¿solo la sala de calderas, no?
Por otro lado, se han sustituido los radiadores por otros de mayor potencia termica, por tanto, con respecto al punto a), ¿que es un subsistema de climatización? ¿los radiadores sustituidos son una modificación del subsistema de climatizacion y se deberá realizar su justificación en el proyecto?