Limitación de demanda energética, instalaciones térmicas, eficiencia energética, instalaciones de iluminación, contribución fototérmica, contribución fotovoltaica
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#339
Ayer me toco tantear por primera vez una instalacion solar con el nuevo CTE y llegue a una conclusión que achaco a la novedad pero que no me deja de preocupar. Tengo una instalación que va a tener dos desviacines de lo "estandar", no va a estar orientada al sur sino a bastantes grados al oeste y se va a tumbar bastante para integrarla en el tejado.
Pues bien si aplico las correcciones sola a la desviacion respecto a la "inclinación Optima" (aplicacion de porcentaje de perdidas) a la energia respecto a la posición opitma bastante diferentes a la energía que se obtiene usando valores de energía tabulados por SODEAN para esa inclinación no estandar.

supongo que los valores de SODEAN al ser un "organismo oficial" valdrán ¿pero creeis que habra que luchar mucho con la supervisión de la Junta para convencerles o van a piñon fijo con el CTE?

Por otro lado ¿es correcta mi interpretación del CTE que indica que la energía obtenida se obtiene de de aplicar el coeficiente de perdidas (el obtenido de meter en la formulita del DB los dos angulos no estandar) a la enegía obtenida por radiación en la poisción optima de radiadores de orientación sur e inclinación igual a la latitud?


Saludos
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#383
:alarma Ten cuidado con las pérdidas por orientación e inclinación, que si superan unos porcentajes no podrás legalizar la instalación. :alarma
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#387
el caso es que lo cumple todo en ambos casos, pero me choca las discrepancia de valores
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#402
Entonces no debes de tener ningún problema.
Por cierto a tu primera pregunta:

supongo que los valores de SODEAN al ser un "organismo oficial" valdrán ¿pero creeis que habra que luchar mucho con la supervisión de la Junta para convencerles o van a piñon fijo con el CTE?

No se como estará la junta con estos temas. Si los valores son de un organismo oficial no debe haber problema. Dicen que valen los de censolar, así que no creo que te pongan pegas.

Por otro lado ¿es correcta mi interpretación del CTE que indica que la energía obtenida se obtiene de de aplicar el coeficiente de perdidas (el obtenido de meter en la formulita del DB los dos angulos no estandar) a la enegía obtenida por radiación en la poisción optima de radiadores de orientación sur e inclinación igual a la latitud?
Yo entiendo que es correcto.
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