Buenas a todos.
A ver si me podeis resolver una duda que tengo.
Estoy con la legalización de una cafetería-pastelería situada en las plantas baja y semi-sótano de un edificio de viviendas.
La cafetería-pastelería tiene un horno eléctrico y una campana extractora en su obrador.
Tanto el horno como la campana tienen sus chimeneas independientes, discurriendo los conductos de estas en paralelo y por la fachada del edificio hasta la cubierta. Uno de los conductos pasa a 12 cm de las ventanas de las viviendas situadas encima de la cafetería-pastelería y el otro, a 12 cm del balcón y a 70 cm de la salida al balcón.
Mi duda es, a parte de la normativa municipal (que en mi caso no hay), ¿existe alguna normativa que establezca la distancia mínima entre los conductos de salida de humos y los huecos, ventanas, balcones, etc.?
He estado buceando en el foro y no he encontrado nada

, solo he visto que hay que tener cuidado por si se exige darle la resistencia al fuego adecuada a los conductos para mantener la sectorización del local.
Muchas gracias.
Saludos