Te especifica que debes realizar unas tareas, si tu instalación es capaz de conseguirlas ... perfecto, en caso contrario deberás adaptarlas.
Por ejemplo te indica que debes tener el ACS (en circuito cerrado) almacenado por encima de 60º C y que debes verificarlo diariamente, además debes confirmar que en el punto terminal más desfavorable vas a tener el ACS por encima de 50º C.
Al tener que apuntarlo no te queda otra que adecuar lo que no sea capa de alcanzar estos valores.
Respecto al tratamiento anual, puede realizarlo con hipercloración, por lo que no es imprescindible alcanzar los 70º C en el almacenamiento y los 60º C en el punto terminal más desfavorable.
Otra cosa con la que un inspector puede "tocarte la moral" es que en teoría estas operaciones las debe realizar alguien con el "carnet" de mata-legionellas (sino te vuelves tonto y no sabes leer un termómetro

). En este caso si se pone pesado el inspector de sanidad no te quedará otra que hacerlo, pero hay veces que para estas operaciones de baja capacitación técnica no lo exigen.
Un saludo
No es que esté gordito ... es que tengo los huesos densos
No bailo mal ... soy el precursor del baile abstracto