por chus1430
- 12 Feb 2015, 18:04

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- 12 Feb 2015, 18:04
#348749
Hola, me voy ha hacer con el mantenimiento de una instalación, y uno de los requisitos que me piden es cumplir con la legislación en materia de prevención de la legionella.
Consultando la normativa que aplica a este caso, RD 865/2003, toda persona que se dedique a labores de mantenimiento en este tipo de instalaciones deberá recibir una formación de 25 h sobre este tipo de cuestiones.
Hasta aquí todo bien, pero una norma posterior, el RD 830/2010 sobre biocidas, recoge el tratamiento de la legionelosis en instalaciones como un caso particular en esta norma, y dice textualmente "Todo el personal que trabaje en operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario, deberá cumplir las disposiciones de la legislación vigente en materia de capacitación para realizar tratamientos con biocidas".
Esta norma de 2010 valida a un titulado universitario para que actúe como responsable técnico en este tipo de instalaciones, sin embargo, esto parece contradecir lo que aparece en la norma de 2003 sobre la necesidad de recibir formación para realizar estos tratamientos.
Tengo 2 dudas, las formularé de forma concreta, a ver si me podeis echar una mano.
-¿Como Ingeniero Industrial me puedo hacer cargo del mantenimiento de la instalación, cumpliendo con la normativa en materia de legionella, sin realizar el curso de formación requerido en el RD 865/2003?, es decir, ¿Mi titulación universitaria valida dicha formación?
-Aparte de esto que digo en materia de formación, ¿Se requiere algún requisito más para cumplir con el RD 830/2010 sobre biocidas para hacerme cargo de esta instalación?
Necesitaré realizar tratamientos térmicos, suministrar cloro, medir y analizar niveles de cloro y PH del agua, y creo que no me olvido de nada más.
Agradecería mucho que me dierais vuestra opinión al respecto, ya que este es un nuevo campo para mi.
Saludos, Jesús
Consultando la normativa que aplica a este caso, RD 865/2003, toda persona que se dedique a labores de mantenimiento en este tipo de instalaciones deberá recibir una formación de 25 h sobre este tipo de cuestiones.
Hasta aquí todo bien, pero una norma posterior, el RD 830/2010 sobre biocidas, recoge el tratamiento de la legionelosis en instalaciones como un caso particular en esta norma, y dice textualmente "Todo el personal que trabaje en operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario, deberá cumplir las disposiciones de la legislación vigente en materia de capacitación para realizar tratamientos con biocidas".
Esta norma de 2010 valida a un titulado universitario para que actúe como responsable técnico en este tipo de instalaciones, sin embargo, esto parece contradecir lo que aparece en la norma de 2003 sobre la necesidad de recibir formación para realizar estos tratamientos.
Tengo 2 dudas, las formularé de forma concreta, a ver si me podeis echar una mano.
-¿Como Ingeniero Industrial me puedo hacer cargo del mantenimiento de la instalación, cumpliendo con la normativa en materia de legionella, sin realizar el curso de formación requerido en el RD 865/2003?, es decir, ¿Mi titulación universitaria valida dicha formación?
-Aparte de esto que digo en materia de formación, ¿Se requiere algún requisito más para cumplir con el RD 830/2010 sobre biocidas para hacerme cargo de esta instalación?
Necesitaré realizar tratamientos térmicos, suministrar cloro, medir y analizar niveles de cloro y PH del agua, y creo que no me olvido de nada más.
Agradecería mucho que me dierais vuestra opinión al respecto, ya que este es un nuevo campo para mi.
Saludos, Jesús