Protección frente a la humedad, recogida y evacuación de residuos, calidad del aire interior, suministro de agua, evacuación de aguas
por
#81612
La normativa que he encotnrado es esta:

-Norma Básica de Instalaciones Interiores de Suministro de Agua
-Reglamento de Instalaciones de Calefacción y Agua Caliente Sanitaria
-Código Técnico de Edificación, el Documento Básico HS Salubridad, sección HS 4.

¿Es esta la normativa que hay q seguir?

Gracias
por
#81623
qwertyqwerty escribió:¿Es esta la normativa que hay q seguir?

¿Para que tipo de instalación exactamente? :roll:
por
#81668
Pues aguas fecales y pluviales de un almacen con oficinas...
por
#81675
qwertyqwerty escribió:Pues aguas fecales y pluviales de un almacen con oficinas...


CTE HS 5
Saludos
por
#81684
No hay que tener en cuenta:

-Norma Básica de Instalaciones Interiores de Suministro de Agua
-Reglamento de Instalaciones de Calefacción y Agua Caliente Sanitaria

Porque?
por
#81735
qwertyqwerty escribió:No hay que tener en cuenta:

-Norma Básica de Instalaciones Interiores de Suministro de Agua
-Reglamento de Instalaciones de Calefacción y Agua Caliente Sanitaria

Porque?

No, a parte de porque tu instalación es de saneamiento, porque las dos están derogadas. Una por el CTE y la otra por el RITE respectivamente.
por
#81939
Hola amig@s:

Tengo que hacer un proyecto de fontanería para un edificio de 29 viviendas que tiene licencia de obra anterior al CTE. Tengo 24 años y empece a trabajar hace poco con el CTE en la mano pero no se que normativa tengo que aplicar en este caso. Tengo que aplicar la norma báscia de aprobada pro la orden de 1975?. Podeis ayudarme? os lo agradecería. Saludos
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por
#81942
Aunque la licencia sea anterior al 2006, seguro que mas de 2 años despues deberas aportar nueva documentación, yo te aconsejaria que la hicieras según el CTE, ya que toda esa nueva documentación sera revisada segun el CTE.

Ademas al tratarse de una obra nueva, aunque con licencia anterior al 2006, te la revisarán acorde al CTE.

Si alguien mas opina otra cosa que me corrija.

Un saludo.
por
#81944
fali escribió:Aunque la licencia sea anterior al 2006, seguro que mas de 2 años despues deberas aportar nueva documentación, yo te aconsejaria que la hicieras según el CTE, ya que toda esa nueva documentación sera revisada segun el CTE.

Ademas al tratarse de una obra nueva, aunque con licencia anterior al 2006, te la revisarán acorde al CTE.

Si alguien mas opina otra cosa que me corrija.

Un saludo.


Muchas gracias por la rápida respuesta. Yo pienso igual que tú pero quería consultar con otras personas dada mi nula experiencia. Además ya he redactado el proyecto de calefacción y A.C.S y me ha ocurrido algo parecido (el famoso nuevo RITE). En ese caso si que he tenido que aplicar el antiguo porque si desde un principio el edificio no cumple el CTE yo es imposible que lo haga..enfin..es otro tema. Gracias de nuevo. SAludos
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