Protección frente a la humedad, recogida y evacuación de residuos, calidad del aire interior, suministro de agua, evacuación de aguas
por
#177970
CTE DB -HS3


3.2.1 Aberturas y bocas de ventilación

Las bocas de expulsión deben situarse en la cubierta del edificio
separadas 3 m como mínimo, de cualquier elemento de entrada
de ventilación (boca de toma, abertura de admisión, puerta exterior
y ventana) y de los espacios donde pueda haber personas
de forma habitual, tales como terrazas, galerías, miradores, balcones,
etc.

Edito: Perdón, no había visto que preguntabas "S/RITE", en cualquier caso, por si a alguien le sirve...
por
#182193
Yo estoy en el mismo caso que tu....

Le he dado 10 vueltas al RITE y no encuentro nigun punto en el que prohiba la evacuación del aire de ventilación de un local por fachada. En mi caso se trata de un gimnasio en el que la unica forma que tengo de evacuar el caudal de ventilacion es por fachada, ya que no hay ninguna forma de subirlo a cubierta.

Habrá que pedir las normas municipales para ver si en éstas hay alguna restricción al respecto.

Saludos
por
#182340
cucoide escribió:CTE DB -HS3


3.2.1 Aberturas y bocas de ventilación

Las bocas de expulsión deben situarse en la cubierta del edificio
separadas 3 m como mínimo, de cualquier elemento de entrada
de ventilación (boca de toma, abertura de admisión, puerta exterior
y ventana) y de los espacios donde pueda haber personas
de forma habitual, tales como terrazas, galerías, miradores, balcones,
etc.

Edito: Perdón, no había visto que preguntabas "S/RITE", en cualquier caso, por si a alguien le sirve...


Me edito ya que hice un comentario equivocado.
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