Hola compañeros, soy nuevo en este foro, primero, un saludo a todo el mundo.
Estoy realizando el proyecto de clima de un colegio, y me ha surgido una gran duda, segun el nuevo RITE:
IT 1.1.4.2 Exigencias de calidad de aire interior
IT 1.1.4.2.1 Generalidades
1. En los edificios de viviendas, a los locales interiores de las mismas, los almacenes de residuos, los trateros, los aparcamientos y garajes; y en los edificios de cualquier otro uso, a los aparcamientos y los garajes se consideran válidos los requisitos de calidad de aire interior establecidos en la Sección HS 3 del Código Técnico de la Edificación.
2. Al resto de edificios dispondrá de un sistema de ventilación para el aporte del suficiente caudal de aire exterior, que evite, en los distintos locales en que se realice una actividad humana, la formación de elevedas concentraciones de contaminantes, de acuerdo con lo que se establece en el apartado 1.4.2.2 y siguientes. A los efectos del cumplimiento de este apartado se considera válido lo establecido en el procedimiento de la UNE-EN 13779.
Con el antiguo RITE, aplicabas 1 renov/hora y arreando, pero con esto, que me quiere decir, que tengo que realizar una ventilación forzada en todo el colegio??? La verdad, no me lo imagino.
Agradecería cualquier comentario.
Un saludo!