Ruido aéreo, ruido de impacto, vibraciones, aislamiento, condiciones acústicas
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#162190
Hola,

Según el CTE-HS3, la ventilación de garaje, los conductos que pasen por espacios habitables, la velocidad se limitará a 4 ms/s.

En una intalación de una vivienda, no se ha tenido en cuenta, y la velocidad es de 10 m/s. Se entiende que hará más ruido y supere los 30 dbA que marca la normativa. A la hora de legalizar el edificio, ¿Hay algún documento o normativa por parte del ayuntamiento que te obligue hacer una prueba de ruido de la instalación para edificación y que te puedan echar para atrás, por no cumplir los 30 dbA?.

Un saludo
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#162195
Hola compañero, al respecto entiendo que sólo en caso que exista una reclamación por parte del propietario de la vivienda o bien una inspección por parte de la administración competente harán saltar la liebre. Además ahora tienes el DB-HR que hace mención al respecto de instalaciones. No obstante, la solución se centraría en ampliar dentro de lo que se pueda las dimensiones del conducto para rebajar la velocidad del aire que es la que ocasiona el ruido. Acuérdate del amigo Bernouilli. Saludos.
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#163723
buenas...
Los garajes como tales al disponer de vado significa que es una actividad y como tal hay que realizar sonometria tanto de emisión como inmisión a viviendas mas afectadas teoricamente. Cunpliendo con lo redactado por la ordenanza del ayto.
Cuidado con las instalaciones y el extractor que casi seguro están collados al forjado y sin ningún amortiguador .
suerte :brindis
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