Obras, reformas, métodos de construcción, etc.
por
#113006
Buenos dias.
Estoy proyectando un pequeño local (50 m2) para una empresa de servicios de seguridad, el cual se tiene previsto utilizar unicamente para cambiarse de ropa los empleados (maximo 10 trabajadores).
Necesito saber si es exigible instalar duchas en los vestuarios, separadas por sexos, incluso aseo de minusvalidos. :?:
Muchas Gracias,
Avatar de Usuario
por
#113014
Lo de las duchas es si el trabajo lo requiere, los vestuarios en caso de no procisar pueden serolverse mediante unas taquillas colocadas en un espacio adecuado.
Al respecto del aseo de minusvalido deberás observar si en la actividad se da alguno de los usos establecidos en :
• Decreto 39/2004, de 5 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se desarrolla la Ley 1/1998, de 5 de mayo, de la Generalitat, en materia de accesibilidad en la edificación de pública concurrencia y en el medio urbano.
• Orden de 25 de mayo de 2004, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, por la que se desarrolla el Decreto 39/2004 de 5 de marzo, del Gobierno Valenciano en materia de accesibilidad en la edificación de pública concurrencia.


Yo personalmente creo que sería de aplicación porque habrá oficinas.

:saludo :usuario :usuario
por
#113832
El Anexo V (punto 2) de dicho RD dice que "Dispondrán además de duchas de
agua corriente, caliente y fría, cuando se realicen habitualmente trabajos
sucios, contaminantes o que originen elevada sudoración".
... Esto es muy relativo... Un vigilante de seguridad no creo que tenga una elevada sudoracion... vamos, que se pueden cambiar de ropa en los aseos. :nono
Que opinas minerva?
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 2 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro