agarciag escribió:Estoy preparando el proyecto de edificación de un pequeño edificio destinado a control de una pequeña subestación para una industria. En él se alojará la aparamenta propia de la subestación y cabina de MT propias de la industria.
Mi alcance es solo el edificio, pero tengo que incluir varias instalaciones generales, entre ellas la iluminación. No tengo claro que normativa me prescribe iluminación de emergencia (seguridad+reemplazamiento). El RBT habla solo de pública concurrencia. En el reglamento de AT y en el de seguridad contra incendios no veo nada específico, tan se pide genéricamente iluminación de emergencia. ¿Alguien puede orientarme un poco?
Ese centro es de compañia o de abonado?
Yo al de la compañia le puse una emegencia y el tio me dijo que no hacia falta ponerla, pero para el de abonado el de la O.C.A me dijo que tenia que tener no se cuantos luxes en el panel de las celdas en caso de un corte de luz