- 03 Nov 2009, 18:47
#192400
El DB-SU4 habla de aseos generales de planta en edificios de uso público, lo cual no es tu caso. También habla de todo origen de evacuación, lo cual casi seguro que tampoco es tu caso, según la definición de origen de evacuación que da el DB-SI.
Por otra parte, el R.D. 486/1997 hace una referencia, un tanto genérica, a que los lugares de trabajo, o partes de los mismos, en los que un fallo del alumbrado normal suponga un riesgo para la seguridad de los trabajadores deberán contar con alumbrado de emergencia de evacuación y seguridad. Depende de cuán estricta o literalmente se interprete esta prescripción, cabría instalar el citado alumbrado en tu caso. Quizás por esta ambigüedad y por las razones de tu último mensaje, suele ponerse.