Hola
De un centro de transformación particular sólo se puede suministrar un abonado.
Cuando es para más abonados la compañía habrá dado sus condiciones y hasta que no hayan realizado y cedido el transformador según su criterio no lo recibirá ni dará suministro.
En el caso de un solo abonado la compañía puede no aceptarlo, cosa que es lógica si no le va a sacar un rendimiento con nuevos abonados. Las compañías eléctricas no son ONG
Cuando se cede una instalación realizada por el cliente este tiene derecho a realizar un contrato con la compañía, visado por la Administración, mediante el cual durante unos años, no muchos, si alguien se alimenta de esas instalaciones cedidas deberá compensar económicamente al que la cedió.
saludos