Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#251504
Hola a todos.
He realizado un proyecto de una clínica dental. Dicha clínica es un tipo de instalación que la legalización ante industria no es automático, sino que la supervisa un técnico. En mi caso me han solicitado que justifique el cumplimiento del apartado 2 de la IT-28. El local en cuestión tiene un aforo bien justificado de 67 personas, es menor de 200 m2, no hay cirugía mayor ni anestesia total.
La oca que inspecciono el local, dice que no han visto nunca una clínica dental con suministro de reserva o de socorro.
Creo que el tema seria justificar ante industria que aunque se llame clínica, realmente es mas bien un consultorio dental, ya que no hay hospitalización, ni anestesia total.

Por otro lado me encuentro que los suministros alternativos son para alimentar cosas esenciales aparte del alumbrado de emergencia, como son ascensores de emergencia, central de alarmas, equipos anti incendios. Nada de estos sistemas existen, ya que estamos hablando de algo simple.

En caso de que industria no acepte lo de consultorio y se empeñe en que necesito suministro de reserva/socorro, he pensado en lo siguiente a ver lo que pensais.

1-Instalar SAI que alimente los compresores/aspiradores que atienden a los pacientes de este modo si falla la electricidad, poder terminar el empaste o lo que se este haciendo.

2.- Instalar un SaI en cada gabinete para iluminar la luz principal en caso de que falle el suministro eléctrico.

¿Pensáis que con lo 1 es suficiente? ¿el 2 solo seria suficiente?

¿La solución por SAI? se suele aceptar no?

El SAI tendré que dimensionarlo al 15 % de la potencia de proyecto, suponiendo que cubra la demanda de las cargas

Echarme una mano, porque ando algo perdido.

Un Saludo y gracias
Última edición por gmclamo el 08 Ene 2011, 22:16, editado 1 vez en total
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#251508
Pues respecto a tu pregunta anterior, Antonio, El Juridico del colegio me confirmo que una licencia de apertura queda suspendida al ser concedida una licencia de instalacion nueva. No obstante se supone que el Ayuntamiento tendria que haber iniciado una comunicacion formal de la anulacion de la licencia, de lo cual no tengo constancia. Como tenemos problemas de alturas y de superficie minima, el cliente esta callado. Sera algo asi como VIRGENCITA QUE ME QUEDE COMO ESTOY. :(

Saludos.
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#251519
gmclamo escribió:Pues respecto a tu pregunta anterior, Antonio, El Juridico del colegio me confirmo que una licencia de apertura queda suspendida al ser concedida una licencia de instalacion nueva. No obstante se supone que el Ayuntamiento tendria que haber iniciado una comunicacion formal de la anulacion de la licencia, de lo cual no tengo constancia. Como tenemos problemas de alturas y de superficie minima, el cliente esta callado. Sera algo asi como VIRGENCITA QUE ME QUEDE COMO ESTOY. :(

Saludos.

En sintonía con lo indicado en las instrucciones, se agradece la respuesta en el hilo original.
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#251643
Yo he hecho tres clinicas dentales y no necesitan suministro de socorro.

Debes justificar que los tratamientos que se hacen son de Cirugia Ambulatoria, por lo que la vida del paciente no esta en riesgo. Quirofanos no aplica porque no hay anestesia.

Un saludo.
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