Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#293796
Hola, en mi proyecto tengo un consumo estimado de 170 kVA. Los cálculos están hecho con el programa de Ormazabal "amikit". Me pone un edificio con maniobra interior tipo PFU-5/20, por tanto será un centro de transformación tipo superficie que corresponde con esta norma particular del Iberdrola

http://www.aven.es/attachments/normas_iberdrola/mt_2_11_01.pdf

En el apartado 6.3 Transformador me pone que lo mínimo es de 400kVA, pero claro al ser tipo cliente... no se que hacer pues sería inútil tanto transformador. Es mi pfc y tampoco quiero complicarme. Podría cambiar de tipo de C.T. a compañia, pero luego el tema de la medida de 170kVA supongo que con medida indirecta. No tengo sitio en el edificio, cualquier sugerencia me vendría bien. Saludos. Sergio.
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#293813
Sergio_1212 escribió:Hola, en mi proyecto tengo un consumo estimado de 170 kVA. Los cálculos están hecho con el programa de Ormazabal "amikit". Me pone un edificio con maniobra interior tipo PFU-5/20, por tanto será un centro de transformación tipo superficie que corresponde con esta norma particular del Iberdrola

http://www.aven.es/attachments/normas_iberdrola/mt_2_11_01.pdf

En el apartado 6.3 Transformador me pone que lo mínimo es de 400kVA, pero claro al ser tipo cliente... no se que hacer pues sería inútil tanto transformador. Es mi pfc y tampoco quiero complicarme. Podría cambiar de tipo de C.T. a compañia, pero luego el tema de la medida de 170kVA supongo que con medida indirecta. No tengo sitio en el edificio, cualquier sugerencia me vendría bien. Saludos. Sergio.

Hijo tienes un lío encima cojonudo.

Si es abonado pones la potencia que te sale del .... y te pasas las normas de Iberdrola por el arco (en general).

No puede ser de compañía por que sólo tienes un único abonado.

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De nada.
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#293819
Estas utilizando el proyecto tipo para centros de transformación a ceder a la compañía eléctrica. Por tanto, de su propiedad... Este no es tu caso, la propiedad de tu centro de transformación será el propio abonado.

Existe normativa para centros de transformación de abonado conectados a redes de distribución de abonado o compañía donde el distribuidor es Iberdrola, en la misma web que nos indicas, Consúltala.

Podrás elegir máquina desde 160 kVAs a 250 kVAs...que es el rango en el que te han salido los cálculos.

Ten en cuenta también, que si tu potencia no supera los 250 kW, según el RD 222/2008, la línea de distribución, si te encuentras en zonas urbanas en la que exista esta dotación, tal cual marca este real decreto, y cediendo dicha red de distribución a la compañía (Deberás diseñar tu centro de transformación con un centro de reparto para compañía, en el que marcarás la delimitación de propiedades), esta red de distribución, le corresponderá realizarla a la distribuidora, corriendo ella con los gastos.

Saludos.
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#293987
pato escribió:Estas utilizando el proyecto tipo para centros de transformación a ceder a la compañía eléctrica. Por tanto, de su propiedad... Este no es tu caso, la propiedad de tu centro de transformación será el propio abonado.

Existe normativa para centros de transformación de abonado conectados a redes de distribución de abonado o compañía donde el distribuidor es Iberdrola, en la misma web que nos indicas, Consúltala.

Podrás elegir máquina desde 160 kVAs a 250 kVAs...que es el rango en el que te han salido los cálculos.

Ten en cuenta también, que si tu potencia no supera los 250 kW, según el RD 222/2008, la línea de distribución, si te encuentras en zonas urbanas en la que exista esta dotación, tal cual marca este real decreto, y cediendo dicha red de distribución a la compañía (Deberás diseñar tu centro de transformación con un centro de reparto para compañía, en el que marcarás la delimitación de propiedades), esta red de distribución, le corresponderá realizarla a la distribuidora, corriendo ella con los gastos.

Saludos.

Gracias por la info. Se como va lo de abonado y cliente, pero no se cual normativa pertenece a una y a otra. El caso que no se cual se refiere a la de abonado, porque no dicen que la de superficie sea de compañia o eso creo. A ver, supongo que el centro se puede poner como en edificio de varios usos poniendole en la fachada adosado. Si es así pues perfecto, le monto un pequeño local y ya. Tambien puedo montar una obra civil en vez del prefabricado.

Pero ahora me encuentro con una cosa, una misma normativa en principio, con diferente texto. Sino mirar aqui
http://www.proyectostipo.com/Seccion03/ ... 4-0%29.pdf
apartado 6.3 transformador
http://www.aven.es/attachments/normas_i ... _11_03.pdf
apartado 6.3 transformador

Lo mismo si miramos los de superficie

http://www.proyectostipo.com/Seccion05/ ... 3-0%29.pdf
http://www.aven.es/attachments/normas_i ... _11_01.pdf

Al menos es un tanto curioso la verdad :cabezazo

A ver, resumiendo, lo que me conviene es instalar un transformador de 250kVA en un edificiio de obra civil. No se si hay alguna pega a eso, porque leo en un sitio me dice, una cosa leo en otro me dice otra. l
en este último dice que serán de 400 o 630 pero en el otro no y en principio es la misma norma particular.
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#294026
sigues utilizando la normativa para centros de transformación a ceder a la compañía eléctrica... y no un centro de transformación de abonado.

Mira esto:

http://www.aven.es/attachments/normas_i ... _03_20.pdf
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