UNA SENTENCIA INTERESANTE (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
por
#2649
Buenas Señores,

aquí os dejo esto, cada cual que saque sus conclusiones.

un saludo!!
por
#2650
parece que no se adjunta el archivo, os pongo lo interesante:



En Madrid, a 14 de diciembre de 2006 EL PLENO del Tribunal de Defensa de la Competencia, con la composición expresada al margen y siendo Ponente el Excmo. Señor Don Fernando Torremocha y García-Sáenz, ha dictado RESOLUCIÓN en el Expediente Sancionador 606/05 (número 2551/04 del Servicio de Defensa de la Competencia) iniciado a virtud de la denuncia presentada por la Asociación de Empresarios de Instalaciones Eléctricas y de Telecomunicaciones de Mallorca (ASINEM) contra Endesa Distribución Eléctrica SLU. (ENDESA), por supuestas conductas prohibidas por la Ley 16/1998 de 17 de Julio de Defensa de la Competencia.


Vistos los preceptos citados y los demás de general aplicación EL TRIBUNAL HA RESUELTO PRIMERO.- Declarar acreditada la existencia de una conducta prohibida por el Artículo 6 de la Ley 16/1989 de 17 de Julio, de Defensa de la Competencia, por parte de ENDESA DISTRIBUCION ELECTRICA SLU., consistente en un abuso de posición dominante en el mercado conexo de la instalación, partiendo de su posición de dominio como distribuidor único en la Isla de Mallorca. SEGUNDO.- Imponer, por ello, a ENDESA DISTRIBUCION ELECTRICA SLU., una multa de EUROS NOVECIENTOS MIL (€ 900.000). TERCERO.- Intimar a ENDESA DISTRIBUCION ELECTRICA SLU., para que cese inmediatamente en la realización de este tipo de prácticas. CUARTO.- Ordenar la publicación de la parte dispositiva de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, en uno de los diarios de ámbito nacional y en uno de los diarios provinciales, distinto del anterior, en el plazo de dos meses. Publicación que se hará a expensas de ENDESA DISTRIBUCION ELECTRICA SLU. En caso de incumplimiento de lo anteriormente dispuesto, se le impondrá una multa de EUROS SEISCIENTOS (€ 600), por cada día de retraso. QUINTO.- ENDESA DISTRIBUCION ELECTRICA SLU., justificará ante el Servicio de Defensa de la Competencia el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones impuestas en los anteriores apartados. SEXTO.- Instar al Servicio de Defensa de la Competencia para que vigile y cuide del cumplimiento de esta Resolución. 19 / 20


Comuníquese esta Resolución al Servicio de Defensa de la Competencia y notifíquese a los interesados, haciéndoseles saber que contra la misma no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponer Recurso Contencioso Administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de DOS MESES contados desde el siguiente día al de su notificación.
por
#2652
:brindis :amo :comunidad :botando :cunao

No puedo decir más
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#2657
:botando :cunao :cunao :cunao
por
#2661
:lol: :lol: :lol:
por
#2672
Manu escribió:consistente en un abuso de posición dominante en el mercado conexo de la instalación, partiendo de su posición de dominio como distribuidor único

¿Sabeis cuales son las prácticas concretas?
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#2678
en la sentencia lo explica todo, pero no se como colgar el pdf en el foro, y copiarla no me parece buena solución, son 20 páginas. Pero si quereís os la mando al correo hacedme un mensaje privado.
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#2679
Manu escribió:en la sentencia lo explica todo, pero no se como colgar el pdf en el foro, y copiarla no me parece buena solución, son 20 páginas. Pero si quereís os la mando al correo hacedme un mensaje privado.

Picha, alójalo en un servidor de archivos (rapidshare, savefile, etc.)
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#2683
prueba en rapidshare que es un sitio para alojar ficheros, entras alojas el fichero y te dara una dirección web que incluyes en un menasje y el que esté interesado lo podrá descargar
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#301636
Hola, hay novedades al respecto. Sacado de la web de ASINEM (http://www.asinem.net/):

Viernes 11 de Mayo de 2012 07:22

La CNC multa a Endesa con 1,37 millones de euros

La Comisión Naciona de la Competencia impone a Endesa nueva sanción por 1.037.900€ por incumplimento de la resolución por la que fue condenada en su día.

La CNC impone a ENDESA una sanción de 1.037.900€ por incumplimiento de la Resolución del TDC de 14 de diciembre de 2006. En el marco del expediente de vigilancia VS/606/05 ASINEM/ENDESA se ha constatado que ENDESA habría desobedecido la orden de cesación en la conducta.

En 2006 el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) sancionó a ENDESA (Expediente 606/05 ASINEM/ENDESA) por abusar de su posición de dominio en el mercado de instalaciones eléctricas en la isla de Mallorca.

ENDESA habría aprovechado su posición de monopolista de las redes de istribución en la isla para distorsionar la competencia en el mercado conexo de las instalaciones no reservadas, en el que también opera en competencia con el resto de instaladores autorizados.

ENDESA utilizó la información sobre las solicitudes de suministro a las que tenían acceso privilegiado por su condición de distribuidor (la identidad de cada cliente que necesitaba una instalación y todos los detalles técnicos del punto de suministro) para ofertar selectivamente, a la vez que remitía dichas condiciones al solicitante, la ejecución de los trabajos de instalaciones eléctricas a los clientes de mayor tamaño del mercado. Esta conducta dificulta que el resto de operadores presentes en el mercado de instalaciones pueda competir con ENDESA en situación de mínima igualdad de condiciones en sus zonas de distribución por la parte más atractiva del mercado.

Por esta infracción el TDC impuso a ENDESA una multa de 900.000 € y ordenó a la empresa que cesara en su conducta.

La Resolución de 14 de diciembre de 2006 fue confirmada en primera instancia mediante Sentencia de la Audiencia Nacional de 21 de abril de 2008 y en casación por Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de febrero de 2011.

En el marco del expediente de vigilancia VS/606/05 ASINEM/ENDESA tramitado por la Dirección de Investigación, se ha constatado que ENDESA habría desobedecido la orden de cesación en la conducta, de tal manera que habría seguido durante estos años aprovechando la información privilegiada a la que tiene acceso en su condición de distribuidor para distorsionar la competencia en el mercado de instalaciones eléctricas en la Isla de Mallorca, enviando junto con las condiciones técnico económicas del punto de suministro un presupuesto no solo por las instalaciones reservadas sino también por las no reservadas.

Ello ha dado lugar a la instrucción de un expediente sancionador por incumplimiento de la Resolución dictado en su día por el TDC, en el que mediante Resolución de 26 de abril de 2012 el Consejo de la CNC ha resuelto imponer a ENDESA una sanción de 1.037.900€.

En el año 2011, las distribuidoras de los grupos empresariales E.ON, Gas Natural Fenosa e Hidrocantábrico fueron multadas por un comportamiento parecido, como también lo ha sido la propia ENDESA a principios de este año (S/0211/09 Endesa Instalación) por conductas muy similares llevadas a cabo en el territorio peninsular, así como por abusar de su posición de dominio por cobrar a los clientes por la ejecución de los trabajos de entronque y conexión de la instalación que la normativa vigente prevé que deben ser realizados por el distribuidor a su costa.
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#301677
Mientras no se cambie la ley para que al día siguiente del incumplimiento el presidente de la compañía de turno salga esposado de la central, no hay nada que rascar. Estas cuatro se pasan por el forro de lo caprichos todas las sentencias de todos los tribunales del mundo mundial y se mofan de ellas si es preciso.

Yo ya hace mucho tiempo que desistí del tema ante los clientes. Es lo que hay ... y es lo que habrá.
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#301679
JORDIM escribió:Mientras no se cambie la ley para que al día siguiente del incumplimiento el presidente de la compañía de turno salga esposado de la central, no hay nada que rascar. Estas cuatro se pasan por el forro de lo caprichos todas las sentencias de todos los tribunales del mundo mundial y se mofan de ellas si es preciso.

Yo ya hace mucho tiempo que desistí del tema ante los clientes. Es lo que hay ... y es lo que habrá.
:yep :yep
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