Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#329078
Buenas tardes a todos.

Me surge una duda a la hora de revisar instalaciones de media tension propiedad de Compañias Distribuidoras, REALIZADAS BAJO EL REGLAMENTO DEL 68.

El tema viene por los acerados perimetrales con mallazos metalicos de centros de transformacion y apoyos metalicos.

Para los centros de transformacion interior (desde prefabricados hasta torreones con mas de 50 años) ¿Han de tener el acerado de 1,10 m de anchura en todo el perimetro, o solo en la puerta de acceso?

En apoyos con paso aereo a subterraneo, a parte del anillo de tierra por tener elemento de maniobra y/o autovalvulas ¿Han de tener el acerado de 1,10 m con mallazo?

Gracias de antemano.

Un saludo
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#329079
lo que no deben haber son tensiones de paso o contacto peligrosas, el metodo que utilices es de tu libre eleccion y este acerado no es mas que un métyodo como otro cualquiera que se te pueda ocurrir.......
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#329082
Buenas tardes Arquimedes

Antes de nada, gracias por responder tan pronto.

En los centros de transformación lo tengo claro en la parte del acerado que esta en la puerta de entrada, pero en el resto de las paredes del CD también hay que asegurar la equipotencialidad?

Con respecto a los apoyos de media tensión, en el reglamento del 68, no hace mención a las tensiones de paso y contacto. Y un apoyo con PAS que solo se cubre los cales de MT con una chapa, no me parece del todo seguro que no tenga acerado equipotencial ni cerramiento de mampostería.

La compañía hace todo lo posible para pasar la revisión con el mínimo de adecuaciones posible, pero soy yo quien firma esa revisión.

Gracias.
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#329084
hola..

si estas simplemente revisando las instalaciones es que se revisaron hace tres/cinco años ¿correcto? en ese caso ya le era de aplicacion el actual y si entonces se tuvo que modificar nada, entonces no tendrias que modificar nada ahora, no obstante por las preguntas interpreto que tienes que hacer modificaciones y en ese caso creo tendrias que hacerlas ya con respecto al reglamento acutal.

No se si con esto contesto a tu pregunta..
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#329085
Por desgracia, aunque se revisara hace 3 años, siempre se quedan cosas atras.

El problema es que si una instalación se ha construido con un reglamento, las revisiones posteriores han de certificar que cumplen el reglamento con el que se construyeron.

Ademas, todo ese trabajo de reparaciones lo hace mi empresa, y hoy en dia ese trabajo viene de lujo con la que esta callendo.

Es por eso que tengo que justificar (con refencia a legislación) todas las adecuaciones, indicando que la instalación esta en situación antirreglamentaria y tenemos que repararla de inmediato.

Tengo la lucha diaria con esto de los acerados, anillos de tierra, cerramientos de apoyos,...
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#329087
Hablas de reparaciones, eso es volver al estado inicial salvo que alguna reglamentacion diga lo contrario (que cualquier actuacion en la instalacion implique adpatacion, o que esta supere algun margen, etc) que no es el caso por lo que cuentas.

El quid de la cuestion es antirreglamentaria ¿respecto a que reglamento?
Porque si no se ha modificado desde que se monto, no es antirreglamentaria, es antigua que no es lo mismo, obsoleta incluso la puedes llamar apurando los descalificativos de la instalacion pero nada mas. Solo sería antirregalmentaria si fuese recien montada o estuvieses en algun supuesto de adapatacion que creo no es el caso.

No se te pueden quedar nada atras, o no se hicieron las revisiones bien o se hicieron bien, el el primer caso pues tienes que ver como era en montaje inicial la instalacion (o su ultima modifciacion con respecto al reglamento viejo ya que supongo que no debiera haber posteriores si no no habria discusion) y hacerlo que diga ese reglamento diga que tenia que cumplir en ese momento.

Otra cosa es que claro a todo el mundo, incluida a la empresa que os contrata, le da canguelo tener una instalacion con reglamentacion antigua, porque si pasa algo os costaría dios y ayuda demostrar que aunque obsoleta es legal y no habia por que modifcarla. A esto se contrapone el dinero y molestias que cuesta adaptarla. Y claro le empresa que os contrata os pasa a vosostros el marron de dictaminar que creo es el problema a debatir....

En este caso puff... tantos criterios como tecnicos (y dinero disponible).... desde el no hacer nada salvo restituir a condiciones de proyecto al de adaptar...
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