Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#331396
Tengo un cliente con un contrato en MT que quiere aumentar la potencia contratada, de unos 130 a 240kW.

La instalación lo permite, a excepción de los trafos de intensidad que se deberían cambiar.

El contrato actual lo tienen con ENDESA, que en mi zona tiene muy buena relación con la distribudora de la zona: ENDESA.

El caso es que la comercializadora obliga al cliente a firmar un año de permanencia para contratar el aumento de potencia. Y el cliente lo que quisiera es contratar el aumento, al precio que fuera, y al cabo de un mes pasar a una comercializadora que le ofrece mejores condiciones económicas.

Así de entrada, parece que no puede ser obligatorio tener que firmar una permanencia, pero tampoco lo se seguro ni donde buscarlo.

Otra posibilidad sería cambiar de comercializador y gestionar después el aumento de potencia. Pero parece que no quieren/no pueden hacerlo.

¿Alguien ha tenido alguna experiencia al respecto?
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#331399
Kirium escribió:Tengo un cliente con un contrato en MT que quiere aumentar la potencia contratada, de unos 130 a 240kW.

La instalación lo permite, a excepción de los trafos de intensidad que se deberían cambiar.

El contrato actual lo tienen con ENDESA, que en mi zona tiene muy buena relación con la distribudora de la zona: ENDESA.

El caso es que la comercializadora obliga al cliente a firmar un año de permanencia para contratar el aumento de potencia. Y el cliente lo que quisiera es contratar el aumento, al precio que fuera, y al cabo de un mes pasar a una comercializadora que le ofrece mejores condiciones económicas.

Así de entrada, parece que no puede ser obligatorio tener que firmar una permanencia, pero tampoco lo se seguro ni donde buscarlo.

Otra posibilidad sería cambiar de comercializador y gestionar después el aumento de potencia. Pero parece que no quieren/no pueden hacerlo.

¿Alguien ha tenido alguna experiencia al respecto?


El tema tiene miga, y así a primera vista parece que tu cliente tiene derecho a que se le tramite su aumento de potencia, y la comercializadora como mucho puede exigirle que presente el acta de puesta en marcha del CT (tramitación de nuevo alta)... la ley 54/1997 del sector eléctrico indica como obligación de las comercializadoras ajustar la demanda a los planes de la administración... y el rd 1164/2001 indica que las distribuidoras deben admitir solicitudes de cambio de potencia contratada si se han modificado las tarifas y en cualquier caso si el cliente no las ha modificado en los últimos 12 meses... habría que tirar de letra pequeña del contrato con la comercializadora :cheers

PD: recuerda que los derechos de acometida en alta se conservan por cinco años si tu cliente realizó bajada de potencia con anterioridad
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#331402
Es mercado libre y en él tanto el cliente elige comercializadora como viceversa. Si la comercializadora te ofrece esas condiciones para el nuevo contrato o lo tomas o te vas a otra (o sigues como estáso, le haces contraoferta, o negocias que es mercado libre)
Respecto al aumento de potencia lo gestiona la distribuidora del lugar estés en la comercializadora que estés.
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