Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
por
#333618
Muy buenas a todos, soy nuevo en este foro y me gustaria estrenarme con este tema: mi profesor me ha encargado un trabajo sobre la rehabilitacion de la instalacion de enlace de un eficicio principalmente destinado a viviendas donde me especifica que los contadores estaran ubicados en el interior de cada vivienda. Segun tengo entendido, si se quisiera realizar esta instalacion de enlace en obra nueva ya no seria posible ya que el actual rebt ya no lo permite (lo del tema de los contadores), pero es una rehabilitación y por lo tanto se considera que esta instalacion se realizó cuando estaba vigente el rebt del 73 (corregidme si me equivoco, yo aun estoy aprendiendo), y por lo tanto se puede hacer.
Bien ahora me surge amí la duda: tras ya no poder pasarme por el actual rebt, me paso por el rebt del 73, mie-bt-013 línias repartidoras, la caída de tensión máxima permitida es del 1 % para este caso, pero, yo e planteado la instalacion de enlace de la siguiente manera: CGP, LGA, caja derivacion, los dos montantes de LGA, la caja de derivacion de cada planta para sacar las DI de cada vivienda, las DI, i los contadores. Por lo tanto, si para la LGA tengo c.d.t max de 1 % i del 0,5 para las DI, que c.d.t max se me permite para los montantes?
Última edición por AntonioElec el 25 Ene 2014, 17:33, editado 1 vez en total
Avatar de Usuario
por
#333658
¿Que más da? tu calcula los totales hasta donde empiecen las D.I. de cada planta y que en ningún de ellas ( veras como va aumentando, cada planta son unos 3m, hasta el tramo o punto más alejado desde la CGP) se supere el CDT max. permitido, puedes valerte de un Excel para ello. La D.I. desde la caja de derivación de no te dara problemas an ser de poca longitud hasta el contador y de ahí al ICP, se supone que son viviendas de grado mínimo y/o medio de electrificación (3.3 -5.5 kW).

Esa reabilitación es en realidad una renovación de equipos, sin cambios sustanciales ni modificación en la potencia prevista ni nuevos consumos (que le pongan ascensor, por ejemplo), por lo que ha de aplicar lo válido en dicho REBT.

Un saludo.
por
#333718
Gracias por tu aportación FILEMON, per todavía sigo teniendo la duda que planteaba respecto a que para la LGA tendré que asegurar una c.d.t max no superior al 1 %, pero ¿y los montantes?, que c.d.t max hay para ellos?, ¿o forma parte de la c.d.t max de la LGA?. Lo digo porque al poner dos montantes las secciones de estos serán mas pequeñas que las de la LGA, ya que con un montante alimentare 15 viviendas, y con el otro 16 viviendas. Y servicios comunes y 2 locales directamente desde el embarrado de la caja de derivación. RECUERDO la pregunta: que c.d.t max tendre para los dos montantes?
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 2 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro