Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#335547
Muy buenas!

Me he encontrado con un caso muy particular: existe un punto de suministro en Alta Tensión: medida indirecta de tensión e intensidad. La Cía. Suministradora nos indica que se pueden contratar hasta 97 kW de potencia mínima (actualmente hay contratados más de 200 kW), porque los trafos de intensidad permiten esa bajada de potencia. Sin embargo un electricista le ha indicado a nuestro cliente que por la tipología de contador (¿?), que es de su propiedad, el mismo no puede contabilizar potencia por debajo de 115 kW y que para bajar la potencia a 97 kW hay que sustituirlo... Lo cual me ha dejado ROTO. Otra cosa puede ser que haya que cambiarlo porque ha cambiado la norma de UFD en relación de telemedida o algo así, por tenerlo en propiedad...

Siempre he entendido que en AT, lo único que te límita la potencia a contratar es el rango en el que el trafo de intensidad mantiene su clase de precisión, pero entiendo que la clase de precisión del contador se mantiene mientras la mantenga su trafo de intensidad (por supuesto el de tensión, pero la tensión no varía).

Desconozco el modelo de contador, ¿qué opináis al respecto sobre este tema? :ko

Gracias.
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#335594
Sobre la potencia mínima por los trafos de corriente tiene una explicación, peregrina. La clase de éste (Precisión de la medida) no se garantiza por debajo del 45% de la carga nominal. La compañía se agarra a esto para impedirte que contrates por debajo de ésta. Por ejemplo, instalación a 20 kV con trafos de 10/5 A, no puede contratar menos de 4,5A, que son 346 kW. Como si contratar eso te fuera a garantizar que habrá esa corriente.

Un contador en medida indirecta no mide la energía de la instalación. Sólo recibe una señal de los trafos de medida y la multiplica por la relación. Si tu no cambias ninguno de los trafos, el contador te sirve. Es más, aunque cambiaras los trafos, siempre que la medida siguiera siendo indirecta el contador te serviría, pero tendrías que cambiar la relación para que "haga la cuenta bien".
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#335597
se que en algunos casos ha funcionado un truco pero no te aseguro que te funcione siempre (a nostros nos funciono una vez) y es contratar en un periodo la potencia minima que pide la cia y en los demas los que nos interese y hacer el calculo (por debajo se entiende) . A nosotros nos suponia 30000 euros año de ahorro
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#335612
Valles escribió:Sobre la potencia mínima por los trafos de corriente tiene una explicación, peregrina. La clase de éste (Precisión de la medida) no se garantiza por debajo del 45% de la carga nominal. La compañía se agarra a esto para impedirte que contrates por debajo de ésta. Por ejemplo, instalación a 20 kV con trafos de 10/5 A, no puede contratar menos de 4,5A, que son 346 kW. Como si contratar eso te fuera a garantizar que habrá esa corriente.

Un contador en medida indirecta no mide la energía de la instalación. Sólo recibe una señal de los trafos de medida y la multiplica por la relación. Si tu no cambias ninguno de los trafos, el contador te sirve. Es más, aunque cambiaras los trafos, siempre que la medida siguiera siendo indirecta el contador te serviría, pero tendrías que cambiar la relación para que "haga la cuenta bien".


Sí, es lo que yo pensaba... lo de que un contador no valga por debajo de cierta potencia me suena a cuento chino... pero claro, las Distribuidoras remiten a los clientes a los instaladores y a veces se oye cada cosa... Gracias.
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#335613
arquimedes escribió:se que en algunos casos ha funcionado un truco pero no te aseguro que te funcione siempre (a nostros nos funciono una vez) y es contratar en un periodo la potencia minima que pide la cia y en los demas los que nos interese y hacer el calculo (por debajo se entiende) . A nosotros nos suponia 30000 euros año de ahorro


Así que con que contrates la mínima en un periodo ya te dejan aunque en el resto de periodos contrates menos potencia que la mínima... alguna vez lo llegue a pensar pero no se me hubiera ocurrido que podían permitirlo... Gracias.

:cheers
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#335615
a nosotros nos dejaron pero ya te digo fue una vez y no se si es una regla comun
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