Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#351026
Buenas noches desde Teruel. Un saludo a todos
Les cuento un poco la situación.
Tras la rehabilitación de una fachada se ha determinado que los contadores de la luz han de ubicarse en un punto distinto al que están. En el actual armario hay contadores de cuatro viviendas. Tras consultar a un electricista, este nos informa de que al trasladar la ubicación, Endesa nos va a obligar a instalar los nuevos contadores, ha hacer un nuevo boletin por cada vivienda y tambien a hacer una revision y reinstalacion completa en el interior de cada vivienda.
Una segunda opinion nos informa de que no es correcto, que la compañía electrica esta obligada a instalar los nuevos contadores gratuitamente y no pueden obligar a revisar la instalacion de unas viviendas que llevan habitadas 30 años sin ningún problema.
Porr favor, pueden ayudarme a aclarar la situacion? La diferencia en costes es considerable
Muchas gracias de antemano
Un cordial saludo
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#351027
Que yo sepa mientras no se haga ninguna reforma a la instalación interior de la vivienda, no es necesario realizar otro boletín, por lo que me quedo con la segunda opinión, desconozco si se está obligado a cambiar los contadores por unos nuevos, Saludos.
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#351031
Al cambiar la ubicación de los contadores, estos ya irán en módulos trifásicos (módulos, no contadores trifásicos). Al cambiar la situación de dichos contadores, la derivación individual habrá que modificarla, por lo tanto habrá que certificar (certificado de instalación ="boletín") dicha derivación individual.

No hay que modificar la instalación interior de las viviendas, sólo la derivación individual.

Luego hay que indicar en que certificado de instalación, en observaciones, las protecciones que tiene cada vivienda. (Mínimo debería existir Corte+Diferencial y mínimo dos circuitos), aunque no es obligación modificar la vivienda, ya que sólo se certifica lo que se cambia, la DI.

Luego cada propietario puede pedir que se le haga extensible ese certificado al interior de la vivienda, como certificado de revisión de la vivienda....pero eso ya es otro tema.
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