- 14 Feb 2008, 18:32
#52490
Muy buenas señores,
Despues de estar toda la tarde leyendo posts relacionados con este asunto, lo siento mucho pero no he sido capaz de aclararme.
Tengo q hacer la instalacion electrica de una nave de unos 500 m2. La nave contendrá una serie de motores destinados al riego con pesticidas de un invernadero. Hay ciertos abonos almacenados, pero en muy pequeña cantidad. La potencia sera aprox. de 50 KW. Lo he clasificado segun ITC-BT-30 como local humedo, mis dudas son:
- ¿Se rige por las normas establecidas para establecimientos industriales aunque no se genere ningun proceso industrial o los establecimientos agricolas se rigen por otras normativas independientes?
- ¿Se clasifica como almacenamiento industrial, o para ello tiene que ser exclusivamente su actividad el almacenamiento?
- ¿He de aplicar el RSCIEI o le aplico el DB SI?
- ¿requiere esta actividad calificacion ambiental?, ya que en el anexo I de la ley 7/2007 GICA, establece que almacenes de abonos y piensos requieren CA, pero no se si se refiere a cuando es uso exclusivo para almacen o no.
Gracias por vuestra atencion,
Saludos, JuliusDrJ.
Saludos, JuliusDrJ.