Alumbrado zonas de alto riesgo en carpintería (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#96690
Se trata de una nave destinada a carpintería, donde hay zonas de trabajo con maquinaría como sierras, lijadoras, vamos lo relacionado con la actividad.

La pregunta es si sería necesario disponer de alumbrado de zonas de alto riesgo, evidentemente no se ha clasificado como de pública concurrencia y por eso surge la duda.

Saludos.
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#97477
El local debido a las partículas de polvo se clasifica en zona de riesgo de incendio y explosión. Por lo que toda la instalación debe ser realizada siguiendo la instrucción correspondiente.
Para no tener que sufir con las pantallas antideflagrantes y tubos de acero es recomendable realizar la desclasificación de la zona mediante un sistema de aspiración, que normalmente todas las carpinterías utilizan, pudiendo entonces utilizar pantallas estancas normales y tubos de PVC.
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#97626
Gracias por responder, pero eso ya lo había contemplado, mi pregunta va por el tema que he comentado.
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#97628
¿¿¿¿pública concurrencia y zona de riesgo de incendio en carpinteria?????l a primera no entiendo porque la segunda es obvia.

Hay que seguir la ITC-BT-29.

:usuario
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#97645
En ningún momento he dicho que sea de pública concurrencia, de hecho no lo es.

Las zonas comunes de un edificio no tiene porque se de pública concurrencia para llevar alumbrado de seguridad. La duda es si sería exigible alumbrado en zonas de alto riesgo (zona de trabajo de las máquinas).
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#97647
Yo tan solo veo la necesidad de poner alumbrado de emergencia, nada más. Si hay algún artículo o nota específica ruego lo indiques.
:usuario :saludo
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#97651
En el último párrafo del campo de aplicación de la itc-bt-28 dice:

"Esta instrucción tiene por objeto garantizar la correcta instalación y funcionamiento de las servicios de seguridad, en especial aquellas dedicadas a alumbrado que faciliten la evacuación segura de las personas o la iluminación de puntos vitales de los edificios."

Se "puede" interpretar que en la zona de trabajo con herramientas de corte fijas son zonas de alto riesgo (...puntos vitales...) ya que si se produce una falta de sumistro, el operario podría tener un accidente debido a que las máquinas siguen funcionando debido a la inercia de la máquina, si proporcionamos el nivel de iluminación que exige la itc-bt-28 el operario prodría finalizar el trabajo con seguridad.

Entiendo que no tiene sentido aplicar este tipo de alumbrado exclusivamente a locales de pública concurrencia y no en industrías donde sería más útil.
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#97682
Eso depende del tipo de proceso y la forma de trabajo. En una carpintería no sé hasta que punto puede ser necesario...
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#97706
wenner escribió:En el último párrafo del campo de aplicación de la itc-bt-28 dice:

"Esta instrucción tiene por objeto garantizar la correcta instalación y funcionamiento de las servicios de seguridad, en especial aquellas dedicadas a alumbrado que faciliten la evacuación segura de las personas o la iluminación de puntos vitales de los edificios."

Se "puede" interpretar que en la zona de trabajo con herramientas de corte fijas son zonas de alto riesgo (...puntos vitales...) ya que si se produce una falta de sumistro, el operario podría tener un accidente debido a que las máquinas siguen funcionando debido a la inercia de la máquina, si proporcionamos el nivel de iluminación que exige la itc-bt-28 el operario prodría finalizar el trabajo con seguridad.

Entiendo que no tiene sentido aplicar este tipo de alumbrado exclusivamente a locales de pública concurrencia y no en industrías donde sería más útil.

En todas las que yo he hecho simplemente hemos puesto alumbrado de emergencia y evacuación. Si la detención de la máquina no es segura ante un fallo en el suminsitro eléctrico, ésta no cumple con el RD 1215 de seguridad y no debería llevar el marcado CE. Es un problema del equipo y no la instalación. En todos los lugares puede haber un fallo en el suministro ordinario y el suministro de seguridad se reserva para los equipos de protección y extinción de incendios.

:usuario :saludo
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#97718
wenner escribió:En el último párrafo del campo de aplicación de la itc-bt-28 dice:

"Esta instrucción tiene por objeto garantizar la correcta instalación y funcionamiento de las servicios de seguridad, en especial aquellas dedicadas a alumbrado que faciliten la evacuación segura de las personas o la iluminación de puntos vitales de los edificios."

Se "puede" interpretar que en la zona de trabajo con herramientas de corte fijas son zonas de alto riesgo (...puntos vitales...) ya que si se produce una falta de sumistro, el operario podría tener un accidente debido a que las máquinas siguen funcionando debido a la inercia de la máquina, si proporcionamos el nivel de iluminación que exige la itc-bt-28 el operario prodría finalizar el trabajo con seguridad.

Entiendo que no tiene sentido aplicar este tipo de alumbrado exclusivamente a locales de pública concurrencia y no en industrías donde sería más útil.


Me parece que eso es hilar muy fino. ¿te lo ha pedido alguna OCA?
De todas formas está bien siempre ir por el lado de la seguridad máxima.
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#98060
MINERVA escribió:...ante un fallo en el suminsitro eléctrico, ésta no cumple con el RD 1215 de seguridad y no debería llevar el marcado CE.
:usuario :saludo


Esto que dices no es cierto y tampoco tiene nada que ver con el marcado CE que emite el fabricante.

Mazinger, estoy de acuerdo contigo, creo que el rebt en este caso no lo exige, al menos de forma clara (como debería ser) y dá lugar a interpretaciones.
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#98107
wennwe siento corregirte pero el RD 1435/1992 dice en su anexo 1 y punto 1.2
"
La puesta en marcha de una máquina sólo deberá poder efectuarse mediante una acción voluntaria ejercida sobre un órgano de accionamiento previsto a tal efecto.

Este requisito también será aplicable:

A la puesta en marcha de nuevo tras una parada, sea cual sea la causa de esta última;
A la orden de una modificación importante de las condiciones de funcionamiento (por ejemplo, velocidad, presión, etc.);

Salvo si dicha puesta en marcha tras una parada o la modificación de las condiciones de funcionamiento no presente riesgo alguno para las personas expuestas.


Y te puedo decir que éste es motivo indispendable para la certificación CE, salvo que la puesta enmarcha no entrañe ningún riesgo porque el proceso sea totalmente automatizado.

:saludo :usuario
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#98110
Hola Minerva, no quería entrar en este tema pero tú has comentado

MINERVA escribió:Si la detención de la máquina no es segura ante un fallo en el suminsitro eléctrico, ésta no cumple con el RD 1215 de seguridad y no debería llevar el marcado CE.

:usuario :saludo


Una máquina por ejemplo una sierra vertical (para cortar tableros grandes) puede pararse ante un fallo de suministro, pero seguir funcionando (durante varios segundos algunas hasta 30 segundos o más depende de la máquina) por la inercia de la máquina y cumplir el rd ya que éste no te obliga a que la parada sea instantánea.

Puedes pensar que la detención no es segura debido a este funcionamiento pero eso no quiere decir que incumpla el rd y lo del marcado CE es otro tema.

Y después mencionas el rd 1435 con esto:
MINERVA escribió:La puesta en marcha de una máquina sólo deberá poder efectuarse mediante una acción voluntaria ejercida sobre un órgano de accionamiento previsto a tal efecto.


Que no tiene nada que ver con lo que hemos comentado, simplemente te dice que si vuelve el suministro la máquina no funcionará de forma "automática", digamos que hay que "rearmarla".

Si se va el suministro lo que quiero es que el operario pueda dejar la máquina con seguridad, no quiero dejar luz para que el personal esté ahí delante de la máquina para ponerse a currar cuando vuelva el suministro normal.

Un saludo.
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#98112
wenner escribió:Si se va el suministro lo que quiero es que el operario pueda dejar la máquina con seguridad, no quiero dejar luz para que el personal esté ahí delante de la máquina para ponerse a currar cuando vuelva el suministro normal.

Un saludo.


¿Y como lo haces en cualquier máquina? E incluso en una sierra de cinta, cuando pulsas un paro de emergencia ¿para en seco?, ni hablar es más peligroso todavía. la ienrcia en ciertas máquinas es inherente a su funcionamiento y no le veo la lógica de poner suminsitros de seguridad para que la abandone con seguridad. ¿Que pretendes hacer?

Lo siento wenner pero sigo sin pillarte.

:brindis :usuario
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#98114
Lo que pretendo (por decirlo que alguna manera) es que el currante pueda retirar las manos de la zona de trabajo (con un poco de alumbrado) cuando haya un corte de corriente. Tengo que aclarar que también dudo de su eficacia.

Y sino para que sirve el alumbrado en zonas de alto riesgo que menciona la itc-bt-28.
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