Hola Minerva, no quería entrar en este tema pero tú has comentado
MINERVA escribió:Si la detención de la máquina no es segura ante un fallo en el suminsitro eléctrico, ésta no cumple con el RD 1215 de seguridad y no debería llevar el marcado CE.

Una máquina por ejemplo una sierra vertical (para cortar tableros grandes) puede pararse ante un fallo de suministro, pero seguir funcionando (durante varios segundos algunas hasta 30 segundos o más depende de la máquina) por la inercia de la máquina y cumplir el rd ya que éste no te obliga a que la parada sea instantánea.
Puedes pensar que la detención no es segura debido a este funcionamiento pero eso no quiere decir que incumpla el rd y lo del marcado CE es otro tema.
Y después mencionas el rd 1435 con esto:
MINERVA escribió:La puesta en marcha de una máquina sólo deberá poder efectuarse mediante una acción voluntaria ejercida sobre un órgano de accionamiento previsto a tal efecto.
Que no tiene nada que ver con lo que hemos comentado, simplemente te dice que si vuelve el suministro la máquina no funcionará de forma "automática", digamos que hay que "rearmarla".
Si se va el suministro lo que quiero es que el operario pueda dejar la máquina con seguridad, no quiero dejar luz para que el personal esté ahí delante de la máquina para ponerse a currar cuando vuelva el suministro normal.
Un saludo.