¿Cuándo debe realizarse suministro en alta tensión? (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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por
#221707
Conchita escribió:Hola beagle,
Ahora está en vigor la orden ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, publicada en el boe de 31-12-2009. Los precios los puedes ver en la pagina 112152.

La ITC esta es lo que queria yo!!!! MUCHAS GRACIASSSSSSSS :botando
Goran Pastich escribió:
beagle escribió:mercado libre significa monopolio y pacto de precios, verdad?? :nono

No, significa justamente lo contrario. Otra cosa es que al intentar tener un mercado libre se acabe con un oligopolio.... :saludo

oligopolio es lo que quería decir yo....gracias! y es como va a acabar con las electricas, sino mirar gasolineras, proveedores de internet, telefonia...."curiosamente" todos tienen precios muuuuuy parecidos...
Valles escribió:

Gracias por la oferta esta...pro cierto, se puede pedir suministro a mas de 36kV para menos de 450kW? o sea, como si fuera potencia de 3.1, pero a tensión de 6.2 o superior?

me habéis ayudado mucho...
y ahora, otra pregunta:

A nivel energético, me podeis recordar como se calcula las pérdidas en el cable, en función de la tensión, en la distribución de la energia eléctrica? O sabeis si son los escalones estos que hablabamos al principio del tema los mas eficientes que hay? no sé si me explico muy bien... :cabezazo

espero vuestras respuetas! Gracias de nuevo!!!!!

Salut!!! :brindis
por
#221734
A todos se os ha olvidado:

1-. La distancia física al punto de entronque. Puedes necesitar 20 kW (a priori en BT) pero como tu punto más cercano de la red de BT esté a más de 500 m, nadie te quita una LMT con su CTI correspondiente (50 KVA vg).

2-. El coste de las infraestructuras eléctricas a realizar. No es lo mismo contratar en BT (sí, más caro pero sin infraestructura eléctrica asociada) que en MT (más barato pero CT propio con "tós sus avíos" mínimo 60.000 €) que en AT (idem anterior pero además subestación, mínimo 600.000 €).

Lo anterior teniendo en cuenta los saltos de potencia que ha puesto un compi. Estos son los qeu aparece en el RD 1955/2000 como límites de potencia según niveles de tensión PERO PARA SUMINISTRO POR DISTRIBUIDORA.

El contraejemplo más claro son los CTI (CT intemperie). Agricultor que necesita 90 kW para bombas y pone un CTI de 100 KVA con independencia de estar cerca o lejos de punto de suministro en MT o AT.

En resumen: cuatro criterios. Nivel de potencia, nivel de cercanía a punto de suministro en BT y MT, precio del kW y kWh por niveles de tensión (mercado libre) y coste de las infraestructuras eléctricas.

Puede llegar a ser incluso interesante la autoproducción en determinados casos de lejanía según la importancia del consumo y su interrumpibilidad. El ejemplo claro es un consumo eléctrico de bombas de agua en mitad del campo con líneas eléctricas (da igual si BT o MT) lejanas.

Otro sí: infórmate en la Distribuidora de tu zona pero DESCONFÍA POR COMPLETO de su dictamen técnico. Cotéjalo contigo mismo y tus conocimientos, con nosotros y/o con ingeniería a no ser que sea un caso claro de BT, MT o AT. Las eléctricas tiran para casa. Ejemplo claro: necesitas 90 kW para pequeña industria o terciario o lo que sea. Puede ser que la red de BT soporte esa carga. Aún así el técnico de la eléctrica (sobre todo si es una grande) te dirás que pongas CT cd en realidad no es necesario e incluso no reglamentario (RD 222/2008) si fuera suelo urbano con condición de solar. EN UNA FRASE: ABUSONES.
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