- 09 Abr 2007, 21:03
#6557
Hola, dejaros de vacaciones y a trabajar
No tenía la duda pero me la han creado si una OCA, me dice que debo colocar alumbrado de emergencia en cada habitación, y yo discrepo.
Yo pienso, otra cosa es que sea verdad.
Alumbrado de seguridad, en una habitación no se realizan trabajos potencialmente peligrosos, (porfa no le saquéis punta), (luego no necesita)
Alumbrado de evacuación, las habitaciones tienen menos de 50 metros y el recorrido de las evacuación comienza en la puerta de cada habitación. (luego no necesita).
Dentro de la habitación no existen equipos de protección contra incendios (si hubiera un extintor o un pulsador, entonces si, pero si no no).
En los cuadros de distribución de alumbrado ahí lo tengo menos claro, el cuadro que existe en la habitación no protege ninguno de los supuestos indicados en el apartado 3.3.1
No existen señales normalizadas dentro de la habitación, el plano que se pone en la puerta de salida, con la indicación de las rutas de evacuación y medios de extinción, no es normalizado.
Alumbrado anti-pánico, identificar y acceder a las rutas de evacuación, si la ruta de evacuación comienza en la puerta de salida, creo y solo creo no le es de aplicación.
Lo de alumbrado en zonas de alto riesgo, me lo salto directamente.
Total que a mi me sale que no necesita y a la OCA que si, que hacemos?
Venga una ayudita.
Cuando se pregunta no se puede pedir una estrella verdad?