- 29 Sep 2008, 11:04
#114335
Espero no repetir pregunta aunuqe ya he leido por el foro y he visto temas relacionados pero no encuentro lo que busco.
Mi duda es la siguiente, cuando hize un curso del rebt 842/2002 hace unos años creo recordar que aunque un local según la ITC BT 028 saliera como pública concurrencía el técnico puede justificar que debido a la actividad del local podria descatalogarlo como pública concurrencía.Ejemplo
Imaginarse una peluqería donde solo hay 5 puestos de peinado con 5 peluqueros y zona de espera para 6 o 7 personas y por superficie me sale que la ocupación es mayor de 50 personas. En este caso puedo jsutificar que es imposible que hay 50 personas pelandose y esperando a pelarse incluido trabajadores luego justificando este temna puedo descatalogar no?
sabeis si viene en algun sitio (norma o guia) domnde diga que a juicio del tecico en locales de trabajo se considerara o no local de publica concuerrencia?
gracias