¿linea distribución o edificio en distribución horizontal? (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#127014
bueno os pongo un pequeño acertijo....
resulta que unos amigos van a legalizar una instalación de varias casas rurales situadas en un conjunto cerrado... se alimentan en baja desde una CGP única donde va el contador.

cada casa esta separada de la otra bastantes metros.... (desde el trafo al la cgp hay 400m) por ciertos motivos se calculo la red como si fuera de ditribución es decir una línea que recorre las fachadas derivando mediante los correspondientes fusibles desde la red telescópica a la interior...

a la hora de legalizarla (técnicamente está calculada bien y por hay no van los problemas). El instalador dice que es línea de distribución.

estos amigos me han llamado para preguntar .. yo les he dicho que puede intentarse preguntar en industria si en lugar de línea de distribución se le puede aplicar la letra e) de la instrucción de 9 de octubre de 2006 que dice que las instalaciones lectricas de menos de 100 kw para edificios de viviendas en edificación vertical u horizontal no necesitan proyecto sino memoria técnica.

se que es debil el punto de vista pero van a intentarlo pues si fuesen chalecitos acosados con la misma estructura y una sola CGP, es un mismo edificio y no habría necesidad de proyecto. Aqui es igual hay una CGP y es mas un solo contador, el propietario es único. Con lo cual salvo la diferencia que están separados...


se calculó todo de forma que la cdt entre trafo y derivación en cada puerta de vivienda no pasara del 5% en el punto mas desfavorable y en el trozo de conductor desde esta derivación al CPM de cada casa no pasara de 1,5%


como lo veis ¿es posible que acepten esta interpretación?
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#127030
Mi opinión sin ser un experto:
Por tratarse de menos de 100 kW, como bien dices se podría tramitar sin proyecto. Ahora bien, en el apartado de derivaciones individuales ¿ahí qué se pondría?.
Una posible media solución:
Poner cerca de la CGPM un cuadro. El trozo entre la CGPM y el cuadro ya podría considerarse D.I. Entonces el resto sería instalación interior.
Con esto entiendo que se podría tramitar con MTD sin problemas.
:brindis
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#127037
oy a explicarme un poco mejor... Toda la instalación es enterrada.

en la entrada a la zona de casas hay una CGP y el contador, donde se interpretaria que termina la red de distribución. Luego siguiendo la conduccción enterrada se llega hasta la primera casa. Entro y salgo (o derivo con elementos adecuados claro pues no he llevado la dirección de obra) hasta una caja de fusibles. En esta caja paso de 240 mm Al p ej. a 16 mm2 Cu mediante fusibles. Estos 16 mm2 entran en la casa enterrados hasta la caja de PIAS. La linea de aluminio grande sigue hasta otra casa tambien enterrada.. y se deriva igual y así sucesivamente hasta llegar a la última (va a ser 8 casas y un cuadro para una piscinita pequeña de unos 2 CV) donde con otros fusibles se reduce sección para entrar en la casa.....

en la intruccion habla de que en edificios de viviendas de distribucion vertical u horizontal para menos de 100 kw no hace falta proyecto sino memoria técnica, pero claro en los caos habituales y que aparecen en todos los libros hay un punto gordo (embarrrado) de donde se abastecen de energía en los contadores (que son independientes) y de cada uno una derivación propia.

Aqui hay un solo contador justo en la CGP y el punto gordo del embarrado no es tal punto gordo es una línea enterrada que deriva con protección de fusibles la disminución de la sección...

por eso es la duda... al haber un solo contador ¿detras de un contador puede haber línea de distribución o son líneas internas cada una a un subcuadro que casualmente coincide con una vivienda....?
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#127131
Si son casas rurales, entran dentro de las instalaciones residenciales públicas, es decir hoteles y similares, y por lo tanto es un Local de pública concurrencia LPC. Proyecto al canto....

Yo he hecho algo similar, y lo traté como LPC, con líneas interiores BT. Caídas al 5% máximo

Saludos
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#127151
es que como van a ser (eso me han dicho) residencias de estancias largas se va a intentar por...

Si la ocupación prevista es de más de 50 personas: bibliotecas, centros de
enseñanza, consultorios médicos, establecimientos comerciales, oficinas con
presencia de público, residencias de estudiantes, gimnasios, salas de exposiciones,
centros culturales, clubes sociales y deportivos
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#127181
Yo no lo veo, primero no hay centralización de contadores por lo que de edificación horizontal nada y segundo, quíen es el titular de la instalación, si es una persona o empresa, pues puede servir pero sino es complicado. A todo esto entiendo que las líneas de alimentación subterráneas están en zona privada.
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#127189
no hay contadores por lo que en cierto modo es un edificio con varios pabellones..... el dueño es único y va por terrenos de titularidad pública pero no de uso público
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#127196
Si el titular de la instalación va a ser una única persona (no sé yo) puede valer, lo que no me queda claro lo del terreno, es lo tendrás que explicar.
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#127358
Ciertamente es un acertijo...

Creo que la solución vendrá de como esté urbanísticamente. Si tienen cédula individual, pero la parcela es única, se debería poder hacer sin proyecto, pero con contadores individuales.

Si el uso es el de una actividad de alojamiento, entonces estoy con Rafelet, será pública concurrencia.
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#127392
el terreno es de un ayuntamiento pero según me ha dicho el compi pero no afecta a un fin público es decir es como una propiedad particular.

En ese punto estan la cabañas que no se si (creo que no lo tiene todavia muy claro) son para temporeros del campo por lo cual la estancia es relativamente larga o al menos no es como en los hoteles, serría como los pabellones grandes pero uan por familia. Es decir el alojamiento sería parte del pago con lo cual no tiene mucho sentido poner contadores..

En todo caso según me han dicho el propietario de las cabañas es el ayuntamiento, no un particular.


el otro uso puede ser turistico pero no lo sé ahí está el intringulis....
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#127520
Conforme con lo de proyecto, la red puedes considerarla dentro de instalaciones de enlace como una LGA/DI, aunque sabiamente es acertado diseñarla como una red de distribución de energía pues las características técnicas y de diseño asi lo aconsejan. Tambien me parece acertado el reparto de c.d.t.


SALUDOS
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#127921
:shock: Cabañas para temporeros. Un caso muy especial.

En este caso, la opción más legal (o más próxima a un caso legal claro) sería como apartamentos turísticos.

Tal como dices, no tiene sentido contadores individuales. Y considerar viviendas individuales, sin haber los contadores, no me cuadra.
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#127931
es por eso kirium que otro uso posible en la orden de aplicación de REBT en andalucia dice que las residencias de estudiante (que son usuarios que no son dueños y que viven en ellas durante bastante tiempo) si no se pasa de 50 usuarios (las cabañas son 8 para 4 personas) se puede tramitar como MTD y era si veiais lógico que estas cabñas se puediera asimilar a una residencia de estudiantes.

Creo que la diferencia esta entre residencia de estudiantes y hotel, en la duración.. Se supone que hotel va a ser una o dos doches como media y una residencia a de estudiantes es al menos 1 mes .... pero claro toedo esto es interpretativo....y por ahí mi duda....
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