Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
por
#127882
Hola

Cuando el Codigo Tecnico de la Edificacion y el Reglamento de Baja Tension se contradicen, ¿Cual prevalece?

Os comento:

Segun el RBT

Cuando las derivaciones individuales discurran verticalmente se alojarán en el interior de una canaladura o conducto de obra de fábrica con paredes de resistencia al fuego RF 120, preparado única y exclusivamente para este fin, que podrá ir empotrado o adosado al hueco de escalera o zonas de uso común, salvo cuando sean recintos protegidos conforme a lo establecido en la NBE-CPI-96, ...

Sin embargo, el CTE dice en referencia a las escaleras protegidas:

En el recinto también pueden existir tapas de registro de patinillos o de conductos para instalaciones, siempre que estas sean EI 60.

Entonces , ¿ se puede poner la vertical de las derivaciones individuales de electricidad en las escaleras protegidas o no?

Saludos
Última edición por PUMUKI el 19 Nov 2008, 18:20, editado 1 vez en total
Avatar de Usuario
por
#127900
De hecho, la guía técnica de la ITC-BT-15, hablando expresamente de las tapas de registro, dice que no sean accesibles en recintos protegidos, lo cual efectivamente parece una incongruencia con lo que expone el DB-SI.

Se podría hacer una interpretación un tanto laxa y pensar que el DB-SI habla de instalaciones en general cuando dice lo de las tapas EI60, excepto para el caso particular de la eléctrica. No obstante, casi mejor hacer la consideración más restrictiva y proceder según el criterio que indica la guía.
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 4 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro