- 19 Nov 2008, 13:37
#127882
Hola
Cuando el Codigo Tecnico de la Edificacion y el Reglamento de Baja Tension se contradicen, ¿Cual prevalece?
Os comento:
Segun el RBT
Cuando las derivaciones individuales discurran verticalmente se alojarán en el interior de una canaladura o conducto de obra de fábrica con paredes de resistencia al fuego RF 120, preparado única y exclusivamente para este fin, que podrá ir empotrado o adosado al hueco de escalera o zonas de uso común, salvo cuando sean recintos protegidos conforme a lo establecido en la NBE-CPI-96, ...
Sin embargo, el CTE dice en referencia a las escaleras protegidas:
En el recinto también pueden existir tapas de registro de patinillos o de conductos para instalaciones, siempre que estas sean EI 60.
Entonces , ¿ se puede poner la vertical de las derivaciones individuales de electricidad en las escaleras protegidas o no?
Saludos
Última edición por PUMUKI el 19 Nov 2008, 18:20, editado 1 vez en total