Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#170493
Hola a todos
Soy nuevo en el foro y me gustaría consultaros una duda. El caso es que en la comunidad de vecinos de la vivienda de mis padres, que tiene algo más de 20 años, a uno de los miembros de la junta de gobierno se le ha dado por eliminar uno de los tubos de cada luminaria del garaje por aquello del ahorro. El mismo tiene iluminación temporizada y de emergencia, por lo que aunque pulses el interruptor te quedas en el mejor de los casos "a media luz". Lo mismo hicieron tiempo atrás con las escaleras pero peor aún: en determinados tramos hay que ir con cuidado para llegar al piso con todos los huesos en su sitio.
Resumiendo: por normativa, ¿se puede hecer eso?
En el CTE DB-SU 4 se especifican los niveles mínimos de iluminación interior, pero en un edificio de 20 años no sería aplicable salvo modificación, reforma o rehabilitación. Sin embargo, creo que lo que están haciendo cambia lo suficiente el comportamiento de los elementos de alumbrado como para poder considerarse una modificación del mismo. ¿Estoy en lo correcto?

Un saludo a todos.
por
#180184
si no hay modificacion de la propia instalacion de iluminacion no es de aplicacion el CTE. Quitar un tubo no es una modificacion, es reducir consumos sin comprobar niveles, lo cual es arriesgado para los propios usuarios. En cualquier caso se deben cumplir para nuevas instalaciones o reformas etc etc la CTE-HE3 y la que comentas sobre seguridad de utilizacion.
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