Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#211314
Se trata de una vivienda en un bloque. tiene actualmente contratada una potencia de 1100W y se quiere realizar un aumento de potencia como minimo a 3450W,
pero aqui comienzan los problemas.

Sobre al año 2001 se realizo una nueva centralización de contadores y se cambio la derivación individual a cada abonado, colocando una nueva canalización y los cables, pero no se colocaron libres de halogenos, ya que el reglamento de 2002 no estaba vigente y por lo tanto no era necesario.
Mi primera pregunta es la siguiente ¿ El instalador debe de haber dado un boletin a cada abonado al realizar el cambio de DI? Ahora creo que se hace asi, pero a lo mjor con el reglamnto antiguuo no era necesario, no se. La cosa es que nadie encuentra el boletin. De todas formas, imagino que la compañia sumisitradora debiera de tener una copia, no?

Ahora bien, como la sección de la deivación individual es valida para realizar el aumento de potencia, ¿seria necesario cambiar la DI al no ser libre de halogenos? Entiendo que no, ya que cuando se cambio el reglamento no lo pedia. Como puedo justificar esto?

En resumidas cuentas, ¿que tengo que hacer para realizar el aumneto de potencia?.

Importante: Es en la comunidad de Madrid
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#211315
¿has hablado con la compañia electrica para ver si te permiten la contratación sin tener que hacer nada?

En teoria la compañia cuando se contrata tiene el boletín, y en su base de datos consta la potencia máxima de contratación.

:brindis
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#211393
Cuando se hace una reforma de centralización (en la actualidad) se emite un certificado como bien comentas, pero como se emite por el cambio de DI, normalmente sólo se certifica eso, la DI. Por lo tento en este caso no serviría para el cambio de potencia, ya que no es un "boletín de revisión", no se ha revisado la instalación interior de la vivienda.

Otra cosa es que en ese certificado de DI también se le haya echado un vistazo a la instalación interior y a los propietarios que no tengan lo mínimo (Corte general+dif y mínimo 2 circuitos) acepten modificar la instalación, te digo que esto no suele pasar. Sólo te han contratado para reforma de centralización, por lo tanto certificas DI e indicas el cuadro de protección existente en cada vivienda (lo indicas porque asi lo quiere industria o eso me dijeron allí...).


Para un certificado de revisión has de cambiar la derivación individual si ésta no es libre halógenos. Aunque se haya cambiado en el 2001.....
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