Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#243023
Buenas noches.

Mi pregunta es la siguiente, en un local de publica concurrencia te indica la ITC-IBT-28 que el cuadro eléctrico tiene que estar fuera del alcance del público y que se puede colocar separado por medio de elementos a prueba de incendios y puertas no propagadoras del fuego.
Si se decide encerrar el cuadro en un recinto de este tipo porque no se puede mover el cuadro de donde está, ¿qué RF tiene que tener paredes y puerta del recinto?

Muchas gracias
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#243058
Hola,

Si lo haces local de riesgo especial bajo mira la tabla 2.2 del DB SI 1. EI 90 para paredes y la mitad para puertas.
A no ser que el sector al que sirve tenga mayor EI y por lo tanto deberá tener esa EI como mínimo.
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#243061
Haz un armarito con puerta y señal de riesgo eléctrico y dentro el cuadro....y a correr! con esto ya cumples con la normativa. Yo así lo hago.....

No sé por que tiene que ser RF...yo lo hago de madera y me sellan siempre el boletín.
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#243069
Upolu escribió:Haz un armarito con puerta y señal de riesgo eléctrico y dentro el cuadro....y a correr! con esto ya cumples con la normativa. Yo así lo hago.....


Estoy de acuerdo, incluso bajo llave, me he liado con el CTE.

Pero atendiendo a la consulta del DB SI 1-2, tabla 2.1 Clasificación de local para cuadro general de distribución (18-5-2010), si el cuadro es de más de 100 kW (instalada) y no se puede mover (que también podría ser el caso) la única solución que veo pasa por cuadro EI.
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