Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#339188
Hola.

Ante la construccion de una nuevaLínea Aérea de Baja Tensión que presenta un cruce con Línea Aérea de Alta Tensión.

Que reglamentación en cuanto a distancias de seguridad utilizaría:

- Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, aprueba el Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión.
ó
- Real Decreto 223/2008 de 15 de febrero, aprueba el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Líneas Eléctricas de Alta Tensión.

Sabiendo que la LAAT existente, se construyó en el año 1980, y la reglamentación para su construcción fue el antiguo reglamento.
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#339202
yo, sin mucha idea sobre el asunto, me iría a la normativa más reciente, ya que vas a instalar un elemento nuevo. Otra cosa diferente es que ya estuviera hecho ...

Edito: Si los dos pudieran aplicarte en ese punto escogería la más restrictiva.


Un saludo :cheers :cheers :cheers
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#339288
wenner escribió:Yo lo tengo claro, la normativa vigente, por tanto, RD 223/2008.

:yep :yep :yep :yep :yep :yep :yep :yep :yep :yep :yep :yep :yep :yep :yep
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#339290
Opino igual, sin olvidarse que si vas a proyectar una línea aérea de baja tensión el REBT también especifica una distancia mínima de cruce con LAAT.
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