Luminaria, factor de corrección y factor de potencia El tema está resuelto (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#339461
Hola buenos días a todos.

Necesito ayuda con esta luminaria: http://www.ecat.lighting.philips.es/l/l ... 680918_eu/

¿Que las lámparas sean fluorescentes implican que sean de descarga? Es decir, ¿son lámparas de descarga?

Utilizando dialux para un proyecto, seleccionando esta luminaria me pone que la potencia de la luminaria es 105 W, sin embargo son 4 lámparas de 24 W = 96 W ¿Los 105 W son de sumarle el consumo del balasto o otros elementos?

Por otro lado en dialux pone: factor de corrección=1. En caso de ser lámpara de descarga, ¿cuándo debo aplicar en un proyecto el factor de corrección 1.8? calculando los circuitos me imagino que sí, ¿y en las tablas de potencia demandada y potencia instalada?

Por último el factor de potencia. ¿cuál podría tener?


Un saludo y muchas gracias por las respuestas.
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#339464
Elc23 escribió:Hola buenos días a todos.

Necesito ayuda con esta luminaria: http://www.ecat.lighting.philips.es/l/l ... 680918_eu/

¿Que las lámparas sean fluorescentes implican que sean de descarga? Es decir, ¿son lámparas de descarga?

si, lo que pasa es que por su uso tan frecuente normalmente van en un apartado propio pero si pues la descarga no es mas que un arco electrico, que es lo que se produce en un fluorescente


Utilizando dialux para un proyecto, seleccionando esta luminaria me pone que la potencia de la luminaria es 105 W, sin embargo son 4 lámparas de 24 W = 96 W ¿Los 105 W son de sumarle el consumo del balasto o otros elementos? seguramente, ya que en caso de falta de datos exactos se sule pone en torno a un 10% mas del consumo de las lamparas

Por otro lado en dialux pone: factor de corrección=1. En caso de ser lámpara de descarga, ¿cuándo debo aplicar en un proyecto el factor de corrección 1.8? calculando los circuitos me imagino que sí, ¿y en las tablas de potencia demandada y potencia instalada? factor de correccion me imagino que se refiere a cos fi y las luminarioas fluorescentes de calidad vienen con un condensadur que acerca a 1 ese valor y aunque no me he mirado el catalogo de philips o lo tiene o el programa da por supueesto que si aceptas el valor propuesto es que se lo vas a colocar tu si no lo trae

Por último el factor de potencia. ¿cuál podría tener? pues sin condensador te lo da el fabricante (aprox 0,60) y si lo tiene el que salga....


Un saludo y muchas gracias por las respuestas.
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#339545
Gracias por la respuesta arquimedes, me quedan solo dos dudas.
1º repetir la siguiente pregunta, que aunque has respondido lo del factor de corrección me gustaría saber lo siguiente: En caso de ser lámpara de descarga, ¿cuándo debo aplicar en un proyecto el factor de corrección 1.8? calculando los circuitos me imagino que sí, ¿y en las tablas de potencia demandada y potencia instalada?
2º ¿Que el fdp sea aprox 0.6 sin condensador lo dices tú o donde lo viste? ¿A qué te refieres con "si tiene condensador será lo que salga" (el fdp)?
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#339550
2) el factor 0,6 no lo dice en ningun lado es el factor mas habitual en luminarias fluorescentes cuando no llevan compensación de potencia pero con los equipos electronicos que seguramente llevará esta luminaria (no he logrado ver que equipo electrico llevan) per se casi seguro que es 1, otra cosa seran los armonicos......

con el que salga pues quiero decir que cuando lleva equipo convencional con condensador de fabrica, el fabricante te dira que factor sale (es el que salga de mirar el catalogo), si no lo lleva ni equipo electronico que corrija factor pues tomas el 0,6 y calculas el condensador para fdp =1 y como el factor de potencia para equipo convencional sin condensador es ligeramente menor al 0,6 pues con el calculo estas por encima del valor reglamentario minimo sin pasarte a capacitivo. es una regla mas o menos nemotecnica pero si puedes consulta al fabricante el fdp de la luminaria no hay problema en facilitarlo....


1)en teoria siempre porque es para la sobrecorriente de arranque no para regimen normal.
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#339653
Entonces, según lo que entiendo en el reglamento el cálculo consistiría en aplicar el factor 1.8 a la potencia en W que conozco, eso serían los VA. Después, sobre esos VA se aplica el factor de potencia que sea.
Pero después dice que si se conoce la carga de los elementos asociados a las lámparas y las corrientes de arranque el factor a utilizar puede ser otro.
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#339655
no sobre los VA ya divides por la tension y tienes la intensidad directamente pero por dos motivos

a) VA = oltax intensidad... como tu lo que calculas es la intensidad circulante o de calculo para escoger el cable no puedes poner nada pues distorsionarias dimensionalmente la formaula

b). si hces lo que dices estarias penalizando doblemente la instalacion.. es mas si haces veras qie 1/1.5 = 0.555555 ¿no se parece sospechosamente a 0,6?........
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#339662
Entonces estaríamos suponiendo que el factor de potencia es 1/1.8
¿Y si se conoce el factor de potencia? dado por el fabricante, por ejemplo
No tendría mucho sentido aplicar un factor que equivale al factor de potencia si ya conocemos el valor de éste. En el reglamento dice que el 1.8 se debe aplicar siempre que el fdp sea menor que 0.9, pero a la vez dice que en esos casos es obligatorio que la luminaria lleve un compensador. Si ya lleva un condensador por norma... deja de tener ese 0.9 y desaparece el factor de corrección 1.8
Me está montando un lío un párrafo de 4 líneas.
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#339665
Elc23 escribió:Entonces estaríamos suponiendo que el factor de potencia es 1/1.8 algo asi... pero olvidate de factor de potencia....te dice que calcules en voltanperios con la converison VA= 1,8*W no le des ma vueltas porque al final te liaras...
¿Y si se conoce el factor de potencia? dado por el fabricante, por ejemplo pues aplicas el tercer parrafo del punto 3.1 de la ITC 44 que dice


Para receptores con lámparas de descarga, la carga mínima prevista en voltiamperios
será de 1,8 veces la potencia en vatios de las lámparas. En el caso de distribuciones
monofásicas, el conductor neutro tendrá la misma sección que los de fase. Será
aceptable un coeficiente diferente para el cálculo de la sección de los conductores,
siempre y cuando el factor de potencia de cada receptor sea mayor o igual a 0,9 y si se la conoce la carga que supone cada uno de los elementos asociados a las lámparas y las
corrientes de arranque, que tanto éstas como aquéllos puedan producir. En este caso, el
coeficiente será el que resulte.



es decir puedes usar el que resulte siempre que el fdp sea mayor que 0.9 y conozcas lo que consumen los balastos y las corrientes de arranque...que son las que nunca te da el fabricantes con lo cual en la practica 1.8 ya esta y es por que lo dice el REBT

como ves te falta conocer las corrientes de arranque para poder aplicar 0.9..... y por eso repito 1,8 a la potencia total de la lamparas


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#339715
segun reglamento a la suma de potencias de luminarias 4x24 w pero nada te impide como diseñador sobredimensionarsi quieres... por otro lado dialux no te sirve para diseñar electricamente ese valor lo toma dialux para darte la eficiencia energetica del alumbrado por si tienes que hacer uso de ella ....
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