Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
por
#355433
OS explico mi caso
Hemos heredado un terreno rustico de mi abuela y tenemos 2 torres de alta tensión dentro de la parcela, hemos recibido una carta de red eléctrica en la cual nos piden la tala de árboles y la eliminación permanente del arbolado no compatible con la instalación en las zonas comprendidas en la citada servidumbre y que sino se procederá a una expropiación forzosa.
El asunto es que las torres de alta tensión están puestas del año 51 o 52 y no tenemos documentación alguna de que mi abuela diera ese permiso a lo que se le puede añadir que antes era una empresa pública y ahora es privada. Hemos pedido la autorización que hubiera dado en su momento mi abuela y dicen que eso hace muchos años y queremos saber si tenemos derecho a una indemnización al formar parte de una empresa privada mas a parte la indemnización por la tala y la servidumbre
Si alguien puede sacarme de este embrollo lo agradecería mucho
Un saludo
Avatar de Usuario
por
#355438
Sobre la constitución de servidumbres (bien mediante título, bien mediante prescripción a los 20 años (véase código civil)) por líneas eléctricas:

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id ... 1997-25340

Título IX

Y

http://noticias.juridicas.com/base_dato ... .l2t7.html


Y sí, en la constitución de una servidumbre, ya sea legal o voluntaria, se tiene derecho a una contraprestación (ya sea de índole económico o de otro tipo) a favor del predio sirviente (ojo, derecho al que este tb puede renunciar), pero cuando se constituye, no después de haber sido constituida.

Si la servidumbre es legal, la valoración, en este caso de la indemnización, regirá por la ley de expropiación forzosa y la normativa que la desarrolle.

Si la servidumbre es voluntaria, la valoración, de la contraprestación, quedará sujeta a la negociación entre las partes.

Si dices que la línea lleva ahí puesta desde los años 50, va a ser que tenéis constituida una servidumbre por prescripción a los 20 años.
por
#355442
Y de la autorización que firmase mi abuela en su día si la firmooo, donde puedo buscarla, porque según tengo entendido debe de estar en registro , pero no se si en Madrid o en mi ciudad
Gracias
por
#355483
Siendo un tema que desconozco siento decirte que en mi opinión batalla perdida.

Si estan ahí los postes o torres en este caso tu abuela les dejó, si no les dejó y sigue ahí, o no denunció o perdió o lo que sea, pero ya tarde.

A no ser que no cumplan alguna ley de distancias o algo en el que puedas atacar.......en aquellos tiempos venía el de la eléctrica y te decia, te voy a poner aquí un poste y punto, se ponía sí o sí.

Estaba el alcalde, el cura, el maestro, el médico, el picolo y el de Iberdrola. De oidas, yo soy mås joven.

Saludos.
Avatar de Usuario
por
#355631
Tengo muchas dudas de que te quieran expropiar porque no tiene sentido y no les ampara ninguna ley. En estos casos siempre se negocia y se sacan unos euros. :pausa :pausa :pausa
Por cierto, si el tramite de expropiación fuera cierto puede llevar años.
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 3 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro