Piden proyecto para una ampliación de potencia. (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#33459
A ver qué opinan ustedes. Yo estoy hasta el moño ya.
Como instaladores hemos hecho una ampliación de potencia de un local comercial que ha colocado un fan-coil de 3000w. He redactado una MTD, recopilado el papeleo y de industria me dicen:

1- Hace falta proyecto.
2- Cálculo de aforo.
3- Cálculos lumínicos.
4- Memoria de aire acondicionado.

Se volvieron locos ¿verdad? (díganme que sí, por favor, porque si no, la que se vuelve loca soy yo).
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#33473
Según el REBT ITC-BT-04:

1) ¿Alcanzas los límites de potencia de la tabla del punto 3.1 de la mencionada instrucción del reglamento?
2) Con la potencia añadida, ¿superas el 50% de la potencia prevista en el proyecto anterior?

Si la respuesta es afirmativa a una de estas 2 cuestiones entonces SÍ necesitas proyecto.

Y 3) (y ojo que este es el punto que otorga el cetro a los ilmos. de industria) ¿es una activida de tipo "i" a la que se le ha hecho una modificación/ampliación "de importancia"?

Eso sí, te pido por favor que no me preguntes qué es "DE IMPORTANCIA". Eso son asuntos de palacio que solo pueden resolver los ilmos.

:saludo y suerte
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#33510
Lo de la memoria de aire acondicinado está claro, hace falta

Lo del aforo, me parece bien, para justificar que no es pública concurrencia

Lo otro, estaría por ver, facilita los datos que te dice fsi

Y, por cierto, la locura no se cura, así que :nono
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#33547
Hay cosas que no entiendo:

Fancoil de 3000 w de potencia frigorífica o eléctrica?

Hablamos de un fancoil, como unidad que enfría el aire a su paso por un intercambiador por donde pasa agua a menor temperatura o estamos hablando de un equipo de aire acondicionado convencional con dicha potencia eléctrica.

De todas formas no te estas volviendo loca, creo que se les ha ido la olla...pues dudo que te metas en los condicionantes que han indicado anteriormente.

- Si es LPC, ya debería serlo de antes...no?
- Cálculos lumínico???...ahora lo piden? Why?
- Si es un fancoil de 3000 w de potencia frigorífica, la potencia eléctrica será menos de 150w...

No entiendo nada :ein
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#33732
fsi escribió:Según el REBT ITC-BT-04:

1) ¿Alcanzas los límites de potencia de la tabla del punto 3.1 de la mencionada instrucción del reglamento?
2) Con la potencia añadida, ¿superas el 50% de la potencia prevista en el proyecto anterior?

Si la respuesta es afirmativa a una de estas 2 cuestiones entonces SÍ necesitas proyecto.

Y 3) (y ojo que este es el punto que otorga el cetro a los ilmos. de industria) ¿es una activida de tipo "i" a la que se le ha hecho una modificación/ampliación "de importancia"?

Eso sí, te pido por favor que no me preguntes qué es "DE IMPORTANCIA". Eso son asuntos de palacio que solo pueden resolver los ilmos.

:saludo y suerte
No, no y no. :nono2 :nono2 ;)
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#33733
mineros escribió:Lo de la memoria de aire acondicinado está claro, hace falta

Lo del aforo, me parece bien, para justificar que no es pública concurrencia

Lo otro, estaría por ver, facilita los datos que te dice fsi

Y, por cierto, la locura no se cura, así que :nono


Es un local que ya está funcionando (hace cinco años) en su momento presentó proyecto, y no creo que el acto de ampliar potencia implique justificación del aforo, no sé.
Quieren aumentar la potencia contratada, ya que con la que tienen se les bajaba el ICP continuamente y además han puesto el nuevo fan-coil (antes no tenían) con 3000w de potencia frigorífica y el boletín anterior no les deja margen de maniobra.
Con 3000w de potencia frigorífica no es necesario ni siquiera memoria según el RITE.
Última edición por Sophie Germain el 21 Nov 2007, 14:07, editado 1 vez en total
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#33734
roverman escribió:Hay cosas que no entiendo:

Fancoil de 3000 w de potencia frigorífica o eléctrica?


Frigorífica.

roverman escribió:- Si es LPC, ya debería serlo de antes...no?
- Cálculos lumínico???...ahora lo piden? Why?
- Si es un fancoil de 3000 w de potencia frigorífica, la potencia eléctrica será menos de 150w...

No entiendo nada :ein


Lo de LPC, pues, por la superficie ni siquiera lo es (45m2) y en cualquier caso, efectivamente ya debería estar justificado cuando se inició el expediente anterior.
Cálculos lumínicos, es que ahora industria se empeña en que lo justifiquemos para cumplir el CTE, aunque no se haya tocado nada de esa instalación.
La justificación administrativa es que se coloca el fan-coil, pero se aumenta la potencia debido a que la instalación realmente no soporta la simultaneidad supuesta inicialmente, ya que simultaneidad=1 en este caso, y a industria aquí no se le puede justificar así, sino indicando que se ha añadido un nuevo circuito o se ha instalado un equipo nuevo que obliga al aumento de potencia.
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#33735
Bueno pues ya sabes... que el técnico te dé la justificación correspondiente para considerarlo "DE IMPORTANCIA". Pero tranquila, si no sabe la justificación, se la sacará de la manga. No es la primera vez que me ocurre.
En una ocasión, para un garaje, el técnico me exigía cumplir con un par de cosas que no estaban en códigos, ni normas, ni reglamentos, ni ordenes, ni nada, ante lo cual me respondió: "Por Real Decreto Mio, y si no, que me denuncie la promotora". ¡TOMA! a lo que yo le respondí :plas , :partiendo2 y que a mí me importaba un "güevo". Eso sí todo con buen rollito...
En fin, suerte...
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#33739
Me dicen que por el hecho de estar dentro de un centro comercial me exigen el proyecto, por sus webs.... :shock: :shock: :shock: :shock: :shock: :shock:
¿Y ahora cómo le digo al cliente que tiene que pagar un proyecto? (que encima no me dejan firmar a mi, porque si actúo como instaladora no me dejan actuar como proyectista ni DO).

El problema es que los Dioses de industria no te dan nada por escrito y los promotores lo que quieren es solucionar sus temas rápido y punto, sin meterse en líos.

Y siento que ni el colegio -cuando actúo como ingeniera-, ni FEMEPA -asociación de instaladores, cuando actúo como instaladora- defienden nuestros intereses. ¿Voy a tener que contratar a un abogado por cuenta de mi empresa y a pelear contra molinos cual Quijote? No, hombre, no. Estoy hasta los mismísimos, la verdad.
¿Y saben lo mejor? que si en lugar de en mi provincia, hago una reforma en en la provincia de al lado no me ponen tantas pegas, ¡siendo el mismo gobierno autonómico! Eso es muy fuerte.
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#33754
Sophie Germain escribió:¿Y ahora cómo le digo al cliente que tiene que pagar un proyecto? (que encima no me dejan firmar a mi, porque si actúo como instaladora no me dejan actuar como proyectista ni DO).

¿Y esto es legal(aunque salga en algún decreto)?. ¿No hay un mercado de libre competencia?.
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#33773
Pues contesta todo lo que has expuesto aquí y rebate punto por punto lo que te piden, solicitándoles que si no es así indiquen la norma, artículo, párrafo y pater nostrum que te obliga a ello :goodjob
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#34008
mineros escribió:Pues contesta todo lo que has expuesto aquí y rebate punto por punto lo que te piden, solicitándoles que si no es así indiquen la norma, artículo, párrafo y pater nostrum que te obliga a ello :goodjob


¡Pero si todo es verbal!, te lo dicen, una argumenta y protesta, te dicen que no te sellan el boletín y punto.
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#34010
ito escribió:
Sophie Germain escribió:¿Y ahora cómo le digo al cliente que tiene que pagar un proyecto? (que encima no me dejan firmar a mi, porque si actúo como instaladora no me dejan actuar como proyectista ni DO).

¿Y esto es legal(aunque salga en algún decreto)?. ¿No hay un mercado de libre competencia?.


Aaamigo... y el decano del colegio lo acepta como lo más natural del mundo.
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#34028
Sophie Germain escribió:Pero si todo es verbal!, te lo dicen, una argumenta y protesta, te dicen que no te sellan el boletín y punto.


Entonces, te lo ha dicho el de la ventanilla o el técnico? y segunda pregunta, sólo se puede presentar en un sitio?
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#34037
RD 842/2002, Art. 2. Ambito de aplicación.:

".... A las instalaciones existentes antes de su entrada en vigor que sean objeto de modificiaciones de imprtancia, reparaciones de importancia y sus ampliaciones....
...Seentenderá por reparaciones o modificaciones de importancia las que afecten a más del 50 % de la potencia instalada...
...Asimismo se aplicará a las instlaciones existentes antes de su entrada en vigor , cuando su estado, situación o características impliquen un riesgo grave paralas personas o los bienes, o se produzcan perturbaciones importantes en el normal funcionamiento de otras instalaciones, a juicio del órgano competente de la Comunidad Autónoma."

Por otro lado, para instalaciones térmicas de potencia inferior a 5 KW no se requiere ni memoria ni certificado ni nada. (tanto en el RITE actual como en el nuevo).

Todo está muy bien, pero en España seguimos viviendo en un estado de Reinos Taifas.
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