- 27 Dic 2007, 11:48
#41574
Buenos días,
mi pregunta tiene que ver con el post anterior pero no es exactamente igual:
Tengo que modificar las instalaciones eléctricas de un edificio habitado desde hace años.
La previsión de potencias es sobre los 200 Kw (6 plantas, 50 viviendas, locales, oficinas y garaje), atendiendo a la normativa:
el art. 13 “Obligatoriedad de reserva de local para C.T.” si la previsión de carga del local, edificio o agrupación de éstos exceda los 100 kW. El local se dedicará exclusivamente a la finalidad prevista.
El problema radica en que no existe espacio físico para dicho local.
¿Alguién ha tenido este problema? ¿Conocen la solución?
Al ser una modificación ¿se puede ignorar dicha obligatoridad?
Ubicación del edificio: Tenerife
Compañía suministradora: Unelco Endesa
Muchas gracias