Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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por
#46194
Hola foreros, deciros que es mi primer mensaje, así que ahí va:

El tema es que se trata de una ampliación en una nave almacén, lo que se va ha hacer son unas oficinas dentro de la misma nave, y de aproximadamente 1500 m2 construidos.

En cuanto a la potencia estimada, serán unos 100 a 150 KW, teniendo en cuenta la climatización.

Entonces:
1.-¿hay que hacer proyecto eléctrico?, claro está que la potencia de la nave se verá considerablemente ampliada (más del 50%), por lo que creo que sí.

2.-Independientemente de la potencia, si no fuera más del 50% de la existente, ¿Habría que realizar proyecto eléctrico por ser una actividad distinta que en el origen?

Tengo claro que no habria que adaptar lo existente al nuevo reglamento, pero si que hay un cuadro general de NAVE, del cual saldría mi línea para el subcuadro de oficinas, y como en el REBT habla de más de 100kw por CGP (ver instalaciones del grupo e), pues no me aclaro mucho.

Gracias.
por
#172549
Buenas,

Me encuentro en una situación similar, asi que tambien me gustaria que algún compañero nos sacase de dudas.

Yo creo que debería hacerse proyecto eléctrico y de actividad.

Por favor, aclaren ;)
por
#172822
Alguien se anima a decir algo?

Por cierto, s¿abeis si en Canarias se deben presentar en el mismo Organismo (Industria) los proyectos de Actividad y de Baja tensión?
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