- 07 Ene 2014, 16:43
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En una sala de calderas de mas de 70 KW, con combustible gas natural, segun la norma UNE 60601:2006, punto 4.1, esta admitida la instalacion si se encuentra en un primer sotano, siempre que la diferencia entre el nivel del suelo de este y el del suelo exterior de la calle o del terreno colindante no sea superior a 4 m. La pregunta es la siguiente, ¿Si ese primer sotano tiene planta rectangular, la calle exterior es inclinada, una de sus paredes se encuentra a 3 m del nivel de calle, las dos paredes laterales comienzan en 3 m y terminan en 4,5 m (ya que la calle es inclinada), y la cuarta pared se encuentra a 4,5 m sobre el nivel de calle, se podria instalar gas natural en un cuarto de calderas que estuviese en ese primer sotano?. Resumiendo ¿Tienen que estar las 4 paredes por debajo de 4 m del nivel de calle, o con que solo este una por encima de ese nivel de 4 m, ya queda habilitada la planta primer sotano para poder instalar gas natural?