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#105270
Hola foreros!
Me presento: me llamo Adolfo y soy I.T.T en Sistemas de Telecomunicaciones a falta del proyecto final de carrerra. Se trata de una ICT para un edificio de 23 plantas :roll:

Leyendo la Orden CTE/1296/2003 no consigo encontrar la diferencia de estos dos artículos:

Articulo 3

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6. En los supuestos de edificios o conjunto de edificaciones de nueva construcción, será requisito imprescindible para la concesión de las licencias y permisos de primera ocupación la presentación ante la Administración competente, junto con el Certificado de Fin de Obra relativo a la edificación, del citado Boletín de Instalación de Telecomunicaciones y, en su caso, del Certificado de Fin de Obra, sellados por la Jefatura de Inspección de Telecomunicaciones correspondiente, así como el anexo al Proyecto Técnico original cuando exista.

............

7. Cuando a solicitud de los constructores o promotores, para obtener la cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación, se solicite de las Jefaturas Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones la acreditación del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Reglamento aprobado por el Real Decreto 401/2003, de 4 de abril, dichas Jefaturas expedirán una certificación a los solos efectos de acreditar que por parte del promotor o constructor se ha presentado el correspondiente Proyecto Técnico que ampare la infraestructura, y el Boletín de Instalación y, en su caso, el Certificado de Fin de Obra y Anexos que garanticen que la ejecución de la misma se ajusta al citado Proyecto Técnico.

Alguien me podría aclarar para qué querría solicitar el promotor la certificación, si ya tiene qe presentar el proyecto y toda la documentación visada.
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#105416
El proyecto se presenta para conseguir la licencia de obras, es decir antes de empezar a contruir, el promotor tiene que legalizar la obra.

Una vez la obra esta terminada, para que los compradores puedan ir a vivir a sus casas, la obra necesita de un permiso que se llama cedula de habitabilidad para la cual el promotor necesita un certificado final de obra en la que el ingeniero certifica que la instalacion de telecomunicaciones se ha realizado correctamente.
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#105601
jayma escribió:para la cual el promotor necesita un certificado final de obra en la que el ingeniero certifica que la instalacion de telecomunicaciones se ha realizado correctamente.


Siempre y cuando estemos hablando de más de 20 PAU's, porque en caso de menos de 20 el certificado lo puede hacer el instalador.
por
#105646
Si, eso lo se; pero en los dos artículos habla de la cedula de habitalidad o licencia de primera ocupación , no de la licencia de obras.

Además, el segundo artículo no se refiere al certificado fin de obra; si no a una certificación expedida por las Jefaturas.

La única difrencia que veo es que en el priemro se habal de obras nuevas y en el otro no.

Muchas gracias de todas formas.
por
#105697
Buenas,

La tramitación sería como dicen los compañeros:
Código: Seleccionar todoAntes de la Construcción:

Realización de Proyecto: Presentación del mismo en Jefatura y Ayuntamiento.

El Ayuntamiento concede la licencia de Obra.

Durante la Construcción

Realización de Acta de Replanteo  que será entregado en Jefatura en el plazo de un mes desde su redacción.

Al Finalizar la instalación

   Se realiza Boletín y Protocolo de Pruebas y si procede Certificado Fin de Obra, se entrega en Jefatura y esta redacta un [b]Certificado de Fin de Obra[/b] que remite a la Promotora y esta debe entregar al Ayuntamiento para la Cédula de Primera Habitabilidad.


Como puedes observar hay dos Certificados Fin de Obra, uno que redacta el IT-ITT y otro que redacta el Jefe de Inspección. De hay los puntos 6 y 7.

Sin otro particular, un saludo.
por
#105715
OK, ahora sip.

Muchas gracias.
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#113937
El certificado del que hablas es uno que te tienen que hacer en la Jefatura de inspeccion de teleco, como que se ha presentado toda la documentacion relativa a la instalacion de teleco, y es conforme. Cuando hablo de docuimentacion , hablo de proyecto, acta de replanteo, certificacion y boletin de finde obra, tanto del ingeniero como del instalador.

Se paga una tasa y te lo dan a los dos días. Ojito cuando lo entregues que puede ir a recogerlo tb el instalador, que ya ha pasado mas de una vez.
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