Reformas, fichas reducidas u otras cuestiones afines
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#179029
Hola juventud.

Necesito saber si, para la placa distintivo de los talleres de reparación de vehículos, existe algún dibujito para completar la parte de las subespecialidades, en concreto reparación de radiadores y reparación de equipos de inyección para poner en su huequito.


Gracias de antemano :mrgreen:
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Última edición por mineros el 20 Ago 2009, 16:07, editado 1 vez en total
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#179090
¿Qué te parece éste? Yo creo que encajaría muy bien en el cuadrito. :mrgreen: :cunao

P.D: perdón por la chorrada. Tengo que dejar de hacer estas paridas, que cualquier día Antonio me chimpa del foro, por payaso. :oops: :goodjob
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#179108
mineros escribió:Hola juventud.

Necesito saber si, para la placa distintivo de los talleres de reparación de vehículos, existe algún dibujito para completar la parte de las subespecialidades, en concreto reparación de radiadores y reparación de equipos de inyección para poner en su huequito.


Gracias de antemano :mrgreen:


Creo que no.
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#179132
Ameno, por aquí usamos gato en vez de caballo, pero cada cual... :mrgreen: Mientras no aparezca un hipopotamo :saludo
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#179244
He encontrado esto a ver si te vale:
Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes.
Artículo 6. Placa-distintivo.

1. Los talleres legalmente clasificados ostentarán en la fachada del edificio y en un lugar fácilmente visible la placa-distintivo que le corresponda, según lo señalado en el anexo II del presente Real Decreto.
2. La placa-distintivo que se ajustará en todas sus partes y detalles al modelo diseñado en el anexo II, está compuesta por una placa metálica, cuadrada, de 480 milímetros de lado con sus cuatro vértices redondeados y el fondo en color azul.
3. De arriba a abajo, la placa estará dividida en tres espacios o fajas desiguales, con las dimensiones señaladas en el anexo II y destinadas:
La primera, o más alta, a las cuatro ramas de actividad.
La segunda, o intermedia, a las especialidades.
La tercera, o más baja, a las siglas de la provincia de ubicación del taller, al contraste, y al número correspondiente en el registro especial.

Artículo 7. Características de la placa-distintivo.

1. Para cada una de las ramas de mecánica, electricidad, carrocería o pintura del automóvil se establecen los símbolos que se indican en el anexo II del presente Real Decreto que consisten en una llave inglesa, una flecha quebrada, un martillo y una pistola de pintar, respectivamente, en color azul sobre fondo blanco.
2. La parte alta de la placa distintivo estará dividida en cuatro rectángulos verticales separados entre si, destinados a cada uno de los símbolos representativos de las cuatro ramas de la actividad a que puedan dedicarse los talleres. En la placa-distintivo de cada taller solo se incluirán en los respectivos rectángulos los símbolos que correspondan a su actividad y quedarán vacíos los restantes espacios.
3. La parte segunda o intermedia de la placa-distintivo, estará dividida, a su vez y por su mitad, en dos rectángulos horizontales. El rectángulo de la izquierda (izquierda del espectador o derecha de la placa) quedará reservado para las respectivas contraseñas de los centros de diagnosis u otras especialidades, de acuerdo con lo que se legisle en su momento. El rectángulo de la derecha (derecha del espectador o izquierda de la placa) estará destinado al símbolo correspondiente a taller de reparaciones de motocicletas.
4. El símbolo del taller de reparación de motocicletas a que se refiere el párrafo anterior estará constituido por el perfil de dicho vehículo en dirección a la izquierda del espectador, en color azul, sobre fondo blanco.
Este espacio, cuando se trate de talleres dedicados únicamente a la reparación de vehículos automóviles de mas de tres ruedas, permanecerá vacío.
5. El espacio inferior, o tercera parte en que se divide la placa-distintivo, estará a su vez subdividido en tres zonas diferenciadas:
La de la izquierda (del espectador) destinada a las siglas de la provincia donde radique el taller.
La central destinada al contraste que será estampado por el órgano competente y debajo del guión.
La de la derecha (del espectador) destinada a estampar el número de inscripción en el registro especial.


y un ejemplo en donde está utilizado ese rectangulo:
Imagen
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#180716
Gracias atreides, esto ya lo conocía, pero igual que está el dibujito de la rueda para talleres que tengan autorización para cambio de neumáticos, lo que quería saber es si existen otros distintivos para las otras subespecialidades.

Por cierto, en Murcia quien vende estas placas :ein
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