Vehículos eléctricos con y sin carnet. (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Reformas, fichas reducidas u otras cuestiones afines
Avatar de Usuario
por
#321244
Hola a todos:

Quisiera resolver una duda. Cuando me saqué el carnet de conducir, allá por el 1991, en el teórico se estudiaba que los vehículos que podían conducirse con licencia municipal eran aquellos que tuviesen una cilindrada inferior a los 50 cc (si no recuerdo mal). Pero ahora, con los vehículos eléctricos, ¿cuál es el criterio? Supongo que se habrá cambiado la cilindrada por una potencia, pero sólo lo supongo. ¿Es así?

Un saludo.
Avatar de Usuario
por
#321265
...que cumplir con las siguientes especificaciones: velocidad máxima 45 km/h, potencia máxima con motor eléctrico de 4 kW o cilindrada máxima de 50 c/c con motor de combustión.

En contra de la creencia común la clausula "con tubo de escape modificado que te joda escuchar la película en lo mejor" no está contemplada.
Avatar de Usuario
por
#321275
Y no es nuevo, cuando saqué el carnet, hace ya años, ya hablaba de la potencia eléctrica.
Avatar de Usuario
por
#321711
Info de la DGT.

http://aplch.dgt.es/PEVI//documentos/ca ... igeros.pdf

Habla de 50 cm3, o de 4 kW.
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 2 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro