KINGLEAR escribió:La pregunta es: Tal y como sé, en gasoleo se debe poner un cubeto para tanques de mas de 1000 litros (creo), pero no se en qué norma o reglamento mirar para ver si este depósito va necesitar cubeto o no. No veo mucha diferencia (mediambientalmente hablando) entre que se desparramen 6000 litros de gasoleo o de aceite de motor, por lo que supongo que algo habrá escrito por ahí que lo pida pero no lo encuentro ¿sabe alguien si tengo que poner cubeto o no y si lo tengo que poner, donde lo dice?
Gracias y un saludo a todos.
Si no recuerdo mal se incluyen todos los productos petroliferos menos la clase A (clasificación según REAL DECRETO 2085/1994, de 20 de octubre,
por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas) y se regula por:
REAL DECRETO 1523/1999, de 1 de octubre,
por el que se modifica el Reglamento de instalaciones petrolíferas, aprobado por Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, y las instrucciones técnicas complementarias MI-IP03, aprobada por el Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, y MI-IP04, aprobada por el Real Decreto 2201/1995, de 28 de diciembre.
Y concretamente la MI-IP03 para uso propio.

