Antonio Alé escribió:Aunque esté orientada al trabajo en laboratorio o similar, podrías usar como referencia la NTP 725.
En la introducción de la misma se establece que en el laboratorio se almacenan gran variedad de productos químicos de diferentes características y peligrosidad, generalmente en cantidades pequeñas y en recipientes no mayores de 2,5 litros. Ello confiere a su gestión una característica especial, ya que la normativa legal no es normalmente de obligado cumplimiento en estas condiciones, por lo que es necesario disponer de unas normas técnicas específicas y unas prácticas de trabajo seguras; de ahí que te pueda resultar útil.
Gracias Antonio, le he echado un vistazo, pero no habla de tener extintores cerca, ni de cubetos de retención (capacidad mínima de los mismos), distancia mínima a focos de ignición... Yo había oído hablar que aunque no llegases a las cantidades mínimas señaladas en el APQ, había algún reglamento que debías cumplir, pero no consigo encontrarlo, y por lo que me dices veo que esa información no es correcta.