josephporta escribió:jose-mac escribió:Joseph porta dijo:
"Empieza a construir carceles, para casi 2.000.000 de personas"
Absurdo.
Si hubiera cárcel, que no la habrá, sería para quien haya cometido un delito.
Ir a una manifestación, no es un delito.
Gritar a los 4 vientos que no eres español (aunque lo seas), no es delito.
Ponerte camisetas amarillas o rojas, e ir a un campo de futbol, o a un concierto, no es delito.
Puedes hacer todo eso, y seguir con tu vida normal.
Ser español no significa que tengas que sentirte español. Significa que tienes la nacionalidad española. Puedes renunciar a ella, e irte a otro sitio. Nadie te dirá nada.
Si no renuncias a la nacionalidad española en favor de otra, entonces sólo tienes que hacer 2 cosas:
- Cumplir las leyes españolas.
- Pagar tus impuestos.
Y ya está. Mientras hagas ambas cosas, como si dices que te sientes de Marte. Es tu derecho sentirte marciano.
Esto se aplica a los ciudadanos de a pie, y a los ciudadanos con cargos políticos.
Si uno o varios dirigentes, que tienen un cargo del estado (el President de la Generalitat es el representante del Estado en Cataluña), se saltan las leyes, pues se les juzga, y si son declarados culpables, tienen que cumplir la pena que diga la sentencia.
Todo perfectamente democrático.
DE momento no se han saltado niguna ley, y en todo proceso de independencia, en agun momento se infringre la ley, pues se pasa de un estado a otro, Dime un solo caso de independencia donde no se haya roto la ley del estado inicial?
Checoslovaquia.
En una democracia, las independencias no se consiguen rompiendo leyes, sino modificando leyes. Y a pesar de las chorradas (con perdón) que les gusta decir a los nacionalistas, pues España es una democracia consolidada.
En la que hay un camino muy claro y muy definido para la secesión:
Modificar el artículo 2.
Te recuerdo los primeros artículos de la constitución, que al contrario de lo que algunos que ni la han leído defienden, es muy progresista, y es garantía de las libertades:
TÍTULO PRELIMINAR
ARTICULO UNO
1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como
valores superiores de su ordenamiento jurídico
la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
2.
La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria
ARTICULO DOS
1. La Constitución
se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y
reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.¿Y si no estás de acuerdo, CÓMO SE REFORMA ESTO?
Art. 168.
1. Cuando se propusiere la
revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al
Titulo preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, se procederá a la a
probación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.
2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al
estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a
referéndum para su ratificaciónCONCLUSIÓN DE TODO ESTO:
Que es perfectamente posible que Cataluña, Murcia, o Villar del Río, se independicen.
Pero para ello, hay que convencer al pueblo español de que esto es necesario. Si se convence, de modo que es posible formar 2/3 de las cámaras favorables a ello, pues se abre un nuevo proceso constituyente.
Luego se propone un nuevo texto constitucional, se vota, y ale, ya está.