Visado Coordinación de Seguridad y Salud (Valoración de 4.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología
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#293884
Jula escribió:Gracias Icm75 de nuevo, pero aún faltan alguno flecos.

Entonces, el proyecto que me han encargado aunque no es obligatorio visarlo, si quiero que me cubra algún seguro en las actividades relacionadas con la ejecución del proyecto debe pasar por alguno de los servicios del Colegio, entonces lo paso por ejemplo por el "Certificado de Revisión Documental" (nomenclatura de uno de los servicios del COIIM), que es un servicio que me proporciona la misma cobertura que el visado pero su coste es el 85% de éste. Hecho esto, ¿para qué voy a seguir visando documentos si ya tengo la cobertura del seguro de RC?. Entiendo que ésto ya me cubre todas las actividades relacionadas con el proyecto. Este tema es bastante peliagudo.

De todas formas, ante el desconocimiento las posibles consecuencias de actuar de este modo, seguramente pase los documentos relacionados con la Coordinación de SS por el registro documental, que es el servicio más económico del COIIM, aunque proporciona una cobertura inferior al Visado y al Certificado de Revisión Documental". Es decir, habrá que aplicar el principio de prudencia y ante la duda cubrirse por cualquier sitio.

Saludos, :builder :cheers



Para los trabajos profesionales para los que no es obligatorio el visado, los colegios profesionales ha habilitado un mecanismo alternativo de "contro" de los mismos (principalmente, como te he dicho, a efectos del seguro de responsabilidad civil). Como lo llamen, es indiferente, en el tuyo, según comentas: certificado de revisión documental, en el mío verificación tecnica documental profesional. En ambos casos, verificación/certificado ((ojo, comprueba que sea lo mismo) o visado, el seguro de RC de tu colegio te cubrira (si lo pagas, claro, aunque se supone que no debieran tramitarte ningún trabajo si no estas al corriente de pagos) con las MISMAS coberturas. De todas formas, para comprobarlo, leete la póliza del seguro de tu colegio (en el mio la tiene colgada en la web, en el acceso privado para colegiados).

Respecto al registro documental del que hablas, me da que no va a servir. Un registro, solo es eso, un lugar donde se entregan los documentos y queda constancia de que se han entregado, pero que no te tiene porque dar ningún tipo de cobertura (concretamente en lo que se refiere a responsabilidad civil) y trantandose de seguridad y salud, pues que quieres que te diga, yo, por cuatro duros no me la jugaría (si tu seguro no respondiese, lo harías tú con tu patrimonio presente Y FUTURO). En cualquier caso, como creo que ya te indiqué, acude a tu colegio que es donde mejor te van a informar.
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#293978
Icm75 escribió:
divad75 escribió:Yo lo que viso es el Acta o Informe de Aprobación del Plan de Seguridad y Salud, y lo tengo que visar no porque lo diga una normativa, sino porque el promotor de la obra es una administración pública y exige al coordinador el visado del Acta de Aprobación. Además si no fuera así de dónde sacaría yo el libro de incidencias? Al visar el Acta es el Colegio el que me lo facilita.

Supongo que para promotores privados no es necesario visar el acta de aprobación del plan, y puedes comprar un libro de incidencias en una papelería especializada.



Cojo...., la propia administración pública INCUMPLIENDO lo legalmente establecido: RD 16271997, art. 13, copio y pego:

<<2. El libro de incidencias será facilitado por:

a. El Colegio profesional al que pertenezca el técnico que haya aprobado el plan de seguridad y salud.

b. La Oficina de Supervisión de Proyectos u órgano equivalente cuando se trate de obras de las Administraciones públicas.>>

Y esto está redactado así, porque las administraciones públicas no pagan (están exentas) visados, pues para eso tienen (o deberían tener) dichas oficinas de supervisión de proyectos (u organo equivalente).

Respecto a la necesidad de visado de la coordinación, desde la entrada en vigor del RD sobre visados obligatorios, NO, no es necesario visar la Coordinación, aunque si es muy conveniente "pasarla" por el colegio, mas que nada por un tema de RESPONSABILIDAD CIVIL, aunque, en obras privadas, se supone que al habilitar el LI en el colegio, ya aparecen los datos del tecnico competente que asume la coordinación y por tanto ya consta en el colegio la asumción de dicho trabajo (lo que debería ser suficiente)


Pues tienes toda la razón Icm75. Es la propia administración la que incumple la ley. En mi caso concreto (solo me ha pasado una vez) el empleado de la Administración nos dijo a un grupo de coordinadores que ibamos a coordinar obras suyas que No nos iban a facilitar el libro de incidencias por lo que tendríamos que diligenciarlo en nuestro colegio profesional. De hecho como anécdota te diré que uno de los coordinadores de esa reunión había conseguido un libro de incidencias de la Administración y al verlo el funcionario de dijo "¿De donde has sacado eso? Pues has tenido suerte porque ya no se facilitarán libros de incidencias". El imcumplimiento de esta Administración que te hablo va más allá. Exigen a los coordinadores la posesión del Título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, cuando según se indica en el Real Decreto solo es necesario ser Técnico Competente, lo que significa estar en posesión del título de Ingeniero, Ingeniero técnico, Arquitecto o Arquitecto técnico.

En fin, así es la vida. Tengo que decir que también he trabajado con otras Administraciones que me han facilitado el libro de incidencias sin mayores problemas.
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#294025
divad75 escribió: cuando según se indica en el Real Decreto solo es necesario ser Técnico Competente, lo que significa estar en posesión del título de Ingeniero, Ingeniero técnico, Arquitecto o Arquitecto técnico.


Sobre esto, estoy preparando una respuesta a otro post en el que indicaré quién y qué considera tecnico competente al respecto (porque legislado SOLO lo esta para obras de edificación (y obras de construcción hay de mas tipologías que la edificación) y "a medias" e interpretaciones oficiales, hay varias y no todas son exactamente iguales).
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