Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología
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#350559
Hola a todos!!!

Es mi primera consulta y quería saber si voy bien encaminado.

Un cliente me solicita incluir una cinta transportadora en su registro industrial, es de fabricación propia y no la va a comercializar.

Al ser reciente su fabricación, debe cumplir lo siguiente, según creo:
- 2006/42/CE para marcado CE
- 1215/97 seguridad y salud
- 1644/2008 comercialización y puesta en servicio de máquinas
- 842/2002 baja tensión, tiene motorreductor y cuadro, supongo debe cumplirlo.

la máquina al no ser del anexo IV, no necesito una OCA que me la certifique no??

debo realizar un expediente técnico en que incluya: descripción de la máquina, plano de conjunto, esquema eléctrico, descripción de uso y funcionamiento, hacer referencia a las normas y RD que son de obligado cumplimiento, manual instrucciones de la máquina( que debo describir aqui), declaración CE de conformidad de la cinta y elementos de la máquina( motorreductor, cuadro??), certificación del colegio de ingenieros técnicos.

Algo más??? me falta algo??? estoy equivocado por completo???

con todo esto puedo presentar la solicitud para incluirla en el registro industrial??

muchas gracias por anticipado!!!

Un cordial saludo.
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#350567
Para su fabricación y puesta en servicio, el empresario fabricante, debe cumplir con el RD 1644/2008 de comercialización y puesta en servicio de máquinas, que es la transposición a la legislación española de la directiva europea 2006/42/CE. En él se establece el proceso de certificación CE de maquinas ya sea para su comercialización ya sea para uso propio.

Luego, para su utilización, el empresario usuario, debe cumplir con el RD 1215/1997 de utilización de equipos de trabajo (ya sean máquina o no).
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#350571
PD1: con la nueva directiva de máquinas, ninguna máquina necesita de Organismo Notificado (las OCAs son a nivel Español, para el control de instalaciones/equipos sujetos a Reglamentos de Seguridad Industrial), independiente de que sea anexo IV o no (solo se necesita en el caso de que sea anexo IV y no se fabrique según normas armonizadas o estas no existan para el caso de que se trate).

PD2: para el registro industrial de máquinas, no necesitas presentar ninguna documentación, solo tenerla a disposición, al menos aquí en Asturias.
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#350574
Icm75, de nuevo muchísimas gracias por tus comentarios y explicaciones. Me ha sido de gran ayuda tu aportación!!! Estas cosas en Murcia no se como van, de echo me estoy informando y parece ser que cumple con lo que me dices punto por punto. Cuando tire pa casa, soy de Piedras Blancas, a ver si coincidimos " pa tomar unas sidras". Muchísimas gracias una vez más!!!
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#350588
trimturbo escribió:Icm75, de nuevo muchísimas gracias por tus comentarios y explicaciones. Me ha sido de gran ayuda tu aportación!!! Estas cosas en Murcia no se como van, de echo me estoy informando y parece ser que cumple con lo que me dices punto por punto. Cuando tire pa casa, soy de Piedras Blancas, a ver si coincidimos " pa tomar unas sidras". Muchísimas gracias una vez más!!!


Tienes que tener también en cuenta si te son de aplicación, que te serán, las directivas de baja tensión y de compatibilidad electromagnética.

Por cierto que la directiva "de maquinas" tiene una guía técnica:

http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos ... 42_ESP.pdf

Y a título informativo tienes esta web, que esta bastante bien:

http://www.marcado-ce.com/

PD: Si quieres, te paso oferta por la asistencia técnica para la certificación de la cinta, :lol :lol
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#350653
Icm75 escribió:
trimturbo escribió:Icm75, de nuevo muchísimas gracias por tus comentarios y explicaciones. Me ha sido de gran ayuda tu aportación!!! Estas cosas en Murcia no se como van, de echo me estoy informando y parece ser que cumple con lo que me dices punto por punto. Cuando tire pa casa, soy de Piedras Blancas, a ver si coincidimos " pa tomar unas sidras". Muchísimas gracias una vez más!!!


Tienes que tener también en cuenta si te son de aplicación, que te serán, las directivas de baja tensión y de compatibilidad electromagnética.

Por cierto que la directiva "de maquinas" tiene una guía técnica:

http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos ... 42_ESP.pdf

Y a título informativo tienes esta web, que esta bastante bien:

http://www.marcado-ce.com/

PD: Si quieres, te paso oferta por la asistencia técnica para la certificación de la cinta, :lol :lol


Muchísimas gracias de nuevo, es un placer hablar contigo, gracias por tu excelente atención y la información que me has facilitado. Pasa ese presupuesto y veremos que podemos hacer!!!
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#350704
Hola a todos!!!

He ido ayer a ver la máquina y me he encontrado lo siguiente: a falta de conseguir el esquema eléctrico he visto que el cuadro de mando y control es un desastre, el cuadro solo lo entiende el que lo montó. Debo aplicar la normativa BT al cuadro, la duda me surge de la siguiente manera:¿ debo seguir la instalación y verificar que el cuadro general tenga también su correspondiente protección adecuada al enchufe, monofásico, donde tengo enchufada la máquina verdad? Tampoco he localizado la puesta a tierra de la máquina, el cuadro si la tiene, he indicado que coloquen puesta a tierra, ¿es correcta mi apreciación? Si es máquina la normativa exige que la tenga si no me equivoco.

Muchas gracias a todos!!!
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