Coordinador seguridad y salud (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología
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#46531
Miguel... puedes saberte al caletre todos los reales decretos relacionados con la construcción, pero serch tiene razón... para ser coordinador de seguridad y salud en una obra NO TIENES QUE SER TECNICO SUPERIOR EN PRL :nono ... porque si fuera por ley, no se visarían los estudios tan alegremente, presentados por un técnico común y corriente...diferente es que tengas esa titulación y le saques provecho... mira, yo trabajo en un organismo público, y aqui existe un tecnico sup en PRL... una vez entregadas las obras, más si en ellas trabajarán muchas personas... él las visita y ve si cumple con las normativas (barreras arquitectónicas o peligros hacia los usuarios)... pero él no trabaja directamente con la construcción!!!, sin embargo yo que trabajo en proyectos, soy la que lleva la coordinación de seg y salud (muy a mi pesar) en casi todas las obras... más si llevo la dirección de las obras... y es así

Saludos :saludo :saludo :saludo
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#46571
Estoy de acuerdo en parte con serch, por otra parte estoy completamente de acuerdo con Miguel.

Que se visan estudios básicos por los colegios es así, que actualmente hay coordinadores que no son técnicos superiores en PRL tambien es así, pero...
Si no tienes conocimientos de PRL, ¿como vás a aplicar medidas preventivas?

¿Conoceis las responsabilidades que tiene un coordinador de seguridad? Supongo que sí, tiene responsabilidades muy importantes.

Lo que quiero decir, si en una obra de construcción se produce un accidente con algún muerto por una negligencia (incompetencia) del coordinador, y este no tiene formación en PRL, creeis que se va a considerar a este como técnico competente?
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#46770
sance01 escribió:Estoy de acuerdo en parte con serch, por otra parte estoy completamente de acuerdo con Miguel.

Que se visan estudios básicos por los colegios es así, que actualmente hay coordinadores que no son técnicos superiores en PRL tambien es así, pero...
Si no tienes conocimientos de PRL, ¿como vás a aplicar medidas preventivas?

¿Conoceis las responsabilidades que tiene un coordinador de seguridad? Supongo que sí, tiene responsabilidades muy importantes.

Lo que quiero decir, si en una obra de construcción se produce un accidente con algún muerto por una negligencia (incompetencia) del coordinador, y este no tiene formación en PRL, creeis que se va a considerar a este como técnico competente?


Si se da ese caso, da igual lo que seas siempre que tengas seguro RC que es lo que buscaran. Todo esto siempre contando con la responsabilidad penal por el mismo.
Una cosa es la ley como tal y otra muy distinta es lo que se realiza realmente. Ya me gustaria a mi no ser coordinador de seguridad y salud pero la ley directamente me da esa responsabilidad si no existe la figura del mismo o no esta contratada por el promotor.
Un saludo
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#46804
si por un lado te lo da, pero por el lado de la Ley de PRL obliga a tener el curso de Tco Superior en P.R.L. para poder ser competente.
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#46824
Miguel escribió:si por un lado te lo da, pero por el lado de la Ley de PRL obliga a tener el curso de Tco Superior en P.R.L. para poder ser competente.


:ein :ein :ein
entonces....si por un lado te lo da y por el otro te lo quita, significa que....
Esta muy bien que intentes defender que tiene que tener conocimiento en PRL, yo tb lo creo, pero cualquier ingeniero/arquitecto puede desarrollar la labor de coordinador de seguridad y salud.

Un saludo
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#47423
pq para hacer de coordinador está limitado a ingeniero, ingeniero tco, arquitecto o arquitecto tco. para limitar el sector de los Tcos Superiores en Prev. R.L. pero por Ley de PRL está claro que hay que tener el curso de Tco Superior en PRL para poder ser competente.
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#47719
Según la legislación es necesario ser Tco Superior en PRL.
Yo he echo Estudios de Seguridad y Salud, he actuado como Coordinador de Seguridad y Salud en las obras hasta el año 2006 sin ser Tco. Superior en PRL; el colegio me ha visado todo.

En el año 2006 he realizado un curso de Tco Superior en PRL ante la posiblidad de la creación de la Carrera Universitaria de Prevención de Riesgos Laborales y que luego no pudiera actuar como Coordinador en las Obras por la existencia de una Carrera Universitaria con esta formación. Además me he registrado en el MInisterio de Trabajo como Técnico de Prevención.

Ahora tengo la formación requerida pero en las obras no se pide nada, ni en el visado tampoco. Aunque la legislación diga una cosa, no se aplica nada. Cualquiera puede ser Coordinador de Seguridad y Salud, con o sin formación.

Un saludo.
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#47988
¿Le interesa verdaderamente a la DF realizar la coordinación?

NO!!!! NUNCA!!!! Si pasara algo seria carne de cañon para el Fiscal ya que el coordinador puede irse de rositas si no mete la pata en su trabajo y vé lo que no tiene que ver.

¿Como evitar que te lo endosen?

Con muxa mano izquierda advirtiendo al constructor que de llevar la coordinación lo haria de un modo tan riguroso y exahustivo que molestaria enormente a las otras contratas y que paralizaria constantemente la obra a la primera de cambio,etc.

¿La DF se exime de asumir riesgos en cuanto a la seguridad aunque no lleve la coordinación?

No, la dirección facultativa debe hacer uso del Libro de Incidencias pese a quien le pese cuando haya un riesgo que entrañe un peligro grave e inminente.Si no lo denuncia asume la responsabilidad (Delito por omisión)
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#48671
Muy interesante lo que aqui se ha estado discutiendo, pero entiendo que es casi un dialogo de sordos. Me explico:

Es verdad que cualqiuier ingeniero, ingeniero tecnico, arquitecto o arquitecto tecnico es competente para ser CSS en el ambito de las obras que pueda proyectar (Ley de ordenacion de la Edificacion) pero solo para edificacion no para obra publica o para otro tipo de obras.

Tambien es verdad que segun el RD 1627 el plan de seguridad y salud se considera como la evaluacion de riesgos de la obra y que este PSS lo ha de hacer el CSS o aprobar el que se haga.

Por otra parte segun la LPRL y el Reglamento de los servicios de prevencion, se estipula que una evaluacion de riesgos compleja (Y hay pocas cosas mas complejas que una obra) la ha de hacer un Tecnico superior en Prevencion de Riesgos Laborales y no discrimina a nadie.

Asi pues nos encontramos con normas procedentes de distintos departamentos ministeriales que aparentemente son contradictorias o al menos dicen cosas distintas.

¿Cual seria el ideal? Evidentemente que el CSS fuese al mismo tiempo TSPRL y tuviese la titulacion adecuada segun la LOE. Si esto no es asi, se corre el riesgo de que alguna autoridad interprete que no se esta cumpliendo estrictamente con la ley y obre en consecuencia.
por
#49399
Diaspar el CSS de seguridad y salud no tiene que hacer el plan de seguridad y salud, este lo tiene que hacer la contrata.

Luego hay que diferenciar al CSS en fase de proyecto, que es el que realiza el estudio basico de seguridad y salud y el CSS en fase de ejecución de obra que es el responsable de la coordinación de las actividades empresariales y aprobar el plan de seguridad y salud que entrega la contrata.

Yo ahora os pregunto sobre las obligaciones del coordinador de seguridad. Cuando trabajaba de CSS era yo el que tenia que convoca al comite de seguridad y salud, llevar los planes de seguridad con las actas visadas a trabajo... Ahora me encuentro en el otro bando, técnico de seguridad en la constructora principal, soy yo el que tengo que convocar al comite de seguridad y salud, la normativa interna de la empresa me obliga al menos de 10 reuniones anuales y redactar las actas de las mismas, encima de la mesa tengo 4 planes de seguridad y salud para llevarlos a trabajo el lunes... es no es cosa del coordinador ¿?

Luego en la obra los verdaderos responsables de la seguridad son el jefe de obra y el recurso preventivo cuando yo firmo el contrato de trabajo firmo como tecnico de seguridad pero en ningun momento lo hago como recurso preventivo, esto se le suele dar al encargado de la misma. Asi que entiendo que mi puesto es para delegar las funciones en materia de seguridad y salud del jefe de obra en mi para no cargarle de trabajo pero tambien se delegan las responsabilidades que se puedan derivar de un accidente ¿?

Saludos y gracias.
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#49558
Cierto es Miguel lo que dices acerca de los estudios planes etc....nunca me habia percatado pero cierto es que puede darse la interpretacion nada descabellada de que necesites el ser tecnico superior para firmar estos documentos pues como muy bien dices, para evaluar riesgos etc etc solo estan capacitados los tecnico superiores en PRL......ahora bien esta jodidillo (con perdon) el que solo lo puedan firmar ellos (bueno nosotros) por como esta montado todo....pero siempre esta el riesgo de que salga una sentencia judicial y las reglas de juego cambien.....cosa no muy descabellada por cierto
por
#49563
No estaria tan tranquilo solamente confiando en tu seguro de responsabilidad civil para cubrirte las espaldas. Me preocupa mas el tema penal pq no creo que sea necesario recordar que ya hay sentencias etc etc....estas las tienes que cumplir (reducciones aparte).

Yo no dejaria el cabo suelto de la necesidad o no de ser tecnico superior ante un juez puesto que al final va ser su interpretación y como todos sabemos las interpretaciones son de cada uno. Y la cosa no esta tan clara como parece: si un tecnico la firma sucede algo, se va a juicio y ese tecnico no tiene el curso tecnico superior en PRL, y yo soy la parte contraria atacaria por ahi sin dudarlo para librarme yo (es asi de claro). vete y explicale a juez que diste tres dias clase en la escuela (y eso te habilita aun habiendo legislacion curso etc) y que si la abuela fuma que si no se que......no se, la duda es razonable y arriesgarte ante un juez por una nimiedad me parece ridiculo pero cada uno tiene el culo que tiene y el riesgo es muy personal.....

por cierto que te lo firme un colegio no es un signo ni muchisimo menos de tranquilidad...ellos se dedican a recaudar (por cierto alguien sabe para que se utiliza ese dinero)....o a caso es el primer caso que se da de que te lo visen y vas a juzgado por otro colegio y palmas.....
por
#53734
Hola.

Al hilo de esto, me surgen algunas preguntas:

Siempre debe haber un coordinador de seguridad en todo tipo de obra?

Si no lo hay, se entiende que es el ingeniero que hizo el proyecto?

El coordinador debe ser externo a cualquiera de las empresas que intervienen? Es decir, yo que soy instalador, puedo hacer mi plan de seguridad y salud y ser yo mismo el coordinador, o tengo que contratar a alguien con el título que me haga el plan de seguridad, lo firme y sea el coordinador?

Lo cierto es que hay obras donde nos llaman para reuniones de seguridad y en el resto de obras, no. Cómo se regula esto? Quién lo controla? o es que hasta que pase algo, no se reacciona?
Es esto normal?

Gracias.
por
#53830
Te contesto citando la legislacion entre tus mismas palabras

lijsterlaan escribió:Hola.

Al hilo de esto, me surgen algunas preguntas:

Siempre debe haber un coordinador de seguridad en todo tipo de obra?
RD 1627/1997 D
Artículo 3. Designación de los coordinadores en materia de seguridad y salud.
....
Cuando en la ejecución de la obra intervenga más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos, el promotor, antes del inicio de los trabajos o tan pronto como se constate dicha circunstancia, designará un coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.

...


Si no lo hay, se entiende que es el ingeniero que hizo el proyecto?

Cuando no haya coordinador de seguridad y salud sus funciones la asumira la dirección facultativa.

El coordinador debe ser externo a cualquiera de las empresas que intervienen? Es decir, yo que soy instalador, puedo hacer mi plan de seguridad y salud y ser yo mismo el coordinador, o tengo que contratar a alguien con el título que me haga el plan de seguridad, lo firme y sea el coordinador?

Como ya te he dicho antes, el coordinador es designado por el promotor de la obra y se integrara a la dirección facultativa de la misma.
Tu si eres instalador me imagino que lo haras como mucho en calidad de contrata, en ese caso si elaboras tu plan de seguridad y salud y el coordinador lo aprobara. Si eres una subcontrata te adhieres al plan de la contrata principal.


Lo cierto es que hay obras donde nos llaman para reuniones de seguridad y en el resto de obras, no. Cómo se regula esto? Quién lo controla? o es que hasta que pase algo, no se reacciona?
Es esto normal?

En esto no puedo ayudarte la verdad. Lo que te puedo decir que cuando yo era coordinador de seguridad y salud la comision de seguridad y salud la convoca yo. Ahora resulta que soy tecnico de seguridad de la constructora y tambien las estoy convocando yo. Me imagino que la diferencia sera que como coordinador de seguridad y salud la promotora era una gran empresa y se preocupaba mucho por la seguridad, ahora en la constructora la promotora es una inmobiliaria y para no arriesgarse la constructora de que haya pasotismo por parte del coordinador para que la obra vaya para adelante asi que mi empresa nos cubres las espaldas tanto a la empresa como a mi como tecnico... y al coordinador.

Ten en cuenta aunque la obligacion del coordinador es parar los tajos cuando lo requiera no creo que lo haga porque claro a quien perjudica es al promotor que es el que le paga.


Gracias.


Si te queda alguna duda aqui tienes el RD 1627/1997 sobre disposiciones minimas de seguridad y salud en obras de construccion.
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