Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología
por
#161224
Buenas,

el caso es el siguiente, mi padre es autónomo, se dedica a pintar, limpiar y algo de reformas, pero básicamente en casas partículares, bares, etc. Nada en plan industrial. Y solo trabaja él, no tiene a nadie bajo su mando. Yo soy técnico superior en PRL, especialidad seguridad e higiene. La cuestión es que por ahi le piden una evaluación de riesgos y todo esto, pero según tengo entendido si es autónomo no necesita ningún plan de prevención ni nada ¿no? Y si así fuera, ¿se lo puedo llevar yo mismo?¿o se requiere que se lo lleve una empresa de PRL?

Espero haberme explicado.

Un saludo y gracias.
por
#161371
Buenos días,

En principio aunque sea autonomo está obligado ha realizar la coordinación de actividades empresariales en los casos que trabaja en pequeños comercios (a nivel particular lo desconozco pero supongo que los riesgos habrá que controlarlos igualmente, sobre todo si además de él trabaja algún otro profesional simultaneamente).
Esta claro que en un comercio hay una serie de riesgos y que las actividades que hace tu padre generan otros riesgos que en combinación y si no se hace la coordinación pueden acabar en un accidente (por ejemplo que tu padre esté subido en una escalera y pase un repartidor con las cajas de cerveza, no vea la escalera y se produzca una caida o cosas así).
La prevención al ser autónomo y no ser una actividad clasificada como peligrosa, la podrá realizar el mismo. En este caso al no tener trabajadores no se si necesitará ser tan extensa (carta de política de prevención, información y consulta y estos trámites supongo que no son necesarios).
Lo que si que sería necesario es que se disponga de formación en materia de prevención, que se disponga de un certificado de actitud médica (sobre todo si hace trabajos en altura) y la entrega de EPIS, en este caso la compra.
En definitiva le puedes hacer el trabajo menos la especialidad de medicina (a mi me cobran 70 € por el chequeo, analisis y certificado, para que te hagas una idea que hay mucha diferencia de precio de unos sitios a otros), pero el tendrá que firmar todos los documentos que hagas, ya que o lo asume él directamente o contrata un SPA. Por otro lado es importante, aunque no sea el el que realiza el trabajo, que conozca todos estos riesgos y las medidas preventivas, que al fin de al cabo la prevención no está simplemente para hacer papeleo sino para evitar los accidentes.
Respecto a la formación puedes darle un curso básico, pero es mejor que obtenga un certificado oficial de alguna organización que de cursos reconocidos (En Forem supongo que darán cursos básicos). Es recomendable que tenga un curso básico y no sólo el típico curso de 2 horas ya que de ese modo puede ser recurso preventivo.

saludos,

dgr
por
#161581
Gracias por contestar dgr.

Entonces, mientras únicamente trabaje mi padre sólo, con un chequeo médico y EPIs debería bastar, pero estos EPIs deben de estar reflejados en algún documento, supongo que debería hacerle una evaluación de riesgos y con esto ya podría trabajar tranquilo (lícitamente hablando)?

Un saludo.
por
#161689
Hola,

Resumiendo según indica la Ley de prevención en relacción a coordinación de actividades empresariales el dosier que tiene que tener y entregar a todos los empresarios que le contraten (lo de los particulares ya no lo tengo tan claro), es un dosier que contenga los siguientes documentos:

- Concierto con Servicio de Prevención o Modalidad de prevención: Puede hacer un escrito en el que firme que ha elegido llevar la prevención él mismo salvo la especialidad e medicina que la contratareis con una empresa.
- Evaluación de riesgos. Firmado la persona que asume la prevención (es decir él mismo)
- Certificado de formación de los empleados (como él es auto-empleado debe tener formación)(mejor si el certificado viene de una empresa oficial: Forem, Asepeyo, UGT...)
- Entrega de Epis (igual que en el caso anterior él es auto-empleado que se da y a la vez recibe los EPIS, para que no tenga problemas debe haber un registro de los EPIS entregados firmado por la persona que los recibe, es decir él mismo)
- Certificado de aptitud médica (emitido por un Servicio de Prevención). Ojo porque no vale un chequeo cualquiera sino que tiene que estar organizado por un Servicio de Prevención (analisis + chequeo), ya que el chequeo está orientado al trabajo que se realiza, además no se si estos certificados de aptitud los podrá emitir cualquier clínica o si deben estar registrados como servicio de prevención.

Estos documentos son los mínimos que deben entregarse en la coordinación de actividades empresariales y desde luego los que exigirá una inspección de trabajo. Luego las ley de prevención como todas es un poco tediosa y por eso nos deja lugar a estas dudas de si siendo autónomo sin empleados hace falta o no. Bajo mi punto de vista un autonomo aunque sólo ejerce una actividad empresarial y como tal está expuesto y a su vez exponiendo a terceros a una serie de riesgos que deben estar contemplados, documentados y por supuesto gestionados para minimizarlos. Supongo que esto mismo pensarán los inspectores por lo que si no tiene esta documentación al día le podrán buscar problemas.
La documentación que te he indicado arriba es la que corresponde a un dosier mínimo de intercambio de información entre empresas. Nosotros poníamos una cartita que indicaba el motivo del dosier:
Con objeto de dar cumplimiento al R.D. 171/2004 para dar desarrollo al artículo 24 de la ley 31/1995.........en el que además les solicitabamos que nos informasen de sus riesgos y del plan de emergencia. Esto lo tiene que hacer cualquier centro de trabajo al que van a acudir personas contratadas, pero se lo reclamabamos por escrito porque no lo suele mandar nadie y por lo menos dejabamos constancia de que lo habíamos reclamado. En el caso de tu padre esto será más habitual porque no veo a un hostelero con estos temas al día y probablemente no sepa ni lo que es la coordinación, esto le exigirá también a tu padre tener mano izquierda ya que si es muy exigente es posible que pierda clientela (así somos), por eso una buena carta en la que se deje claro que al menos lo ha reclamado puede ser muy importante.
Aparte de la coordinación, es importante que haga también un Plan de prevención indicando las medidas que va a tomar y que de alguna forma filtre de la contabilidad lo que ha invertido en Prevención, ya que esto hay que tenerlo actualizado anualmente.
Creo que no me dejo nada porque llevo casi un año sin ejercer como tecnico de prevención y voy perdiendo memoria.

Bueno es un rollo pero mejor tener todo en regla, además que así se evitarán accidentes, de todos modos siendo tecnico superior para tí este trabajo tiene que ser bastante fácil y le podrás motivar a tu padre perfectamente para que lo lleve al día y se evite de problemas.

Ha bueno si se mete en obras de más embergadura es posible que le pidan muchos más documentos (seguro de responsabilidad civil, estar al corriente de deudas con hacienda y la seguridad social, etc, etc.) pero vamos que eso no lo debe mandar por ley sino que son cosas que reclaman las grandes empresas.

Saludos,

dgr
por
#162208
Muuchas gracias dgr, me ha servido de mucha ayuda tu post. Ahora manos a la obra pues.

Saludos,


Toni
por
#374316
En España, los trabajadores autónomos también están sujetos a las normativas de prevención de riesgos laborales, aunque existen diferencias en comparación con las empresas que tienen empleados. A continuación, te proporciono información relevante para la situación que planteas:

Obligaciones del Autónomo:

Los autónomos están obligados a realizar una evaluación de riesgos laborales, independientemente de la presencia de empleados. Esta evaluación tiene como objetivo identificar y prevenir los riesgos relacionados con su actividad laboral.
Excepciones para Autónomos sin Empleados:

En el caso de autónomos sin empleados, las obligaciones pueden ser menos estrictas, pero aún así, deben cumplir con ciertos requisitos. Por ejemplo, es posible que se requiera una evaluación de riesgos simplificada.
Evaluación de Riesgos:

La evaluación de riesgos es una herramienta fundamental en prevención de riesgos laborales. Puedes realizar esta evaluación tú mismo como Técnico Superior en PRL, especialidad en seguridad e higiene.
Plan de Prevención:

Aunque para autónomos sin empleados no es obligatorio contar con un Plan de Prevención como lo sería para empresas con trabajadores asalariados, la evaluación de riesgos sigue siendo un paso importante y puede considerarse una herramienta para gestionar la seguridad en el trabajo.
Empresas de PRL:

Si bien es posible que tu padre, como autónomo, no esté obligado a contratar a una empresa externa para realizar la evaluación, en algunos casos puede ser beneficioso contar con la asesoría de especialistas en PRL para garantizar la eficacia y la legalidad de la evaluación.
Normativa Específica Autónomos:

La normativa específica para autónomos puede variar y es importante consultar la legislación vigente en materia de prevención de riesgos laborales en tu región.
En resumen, aunque las obligaciones para autónomos sin empleados pueden ser menos exigentes, realizar una evaluación de riesgos sigue siendo una buena práctica para garantizar la seguridad y la salud en el trabajo. Puedes llevar a cabo esta evaluación tú mismo, pero también puedes considerar consultar con expertos en PRL o empresas especializadas para obtener asesoramiento específico para la situación de tu padre.




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